Memoria histórica. El congreso rechaza que la ley de víctimas del terrorismo incluya a quienes sufrieron “violencia política” en la transición


El Congreso de los Diputados rechazó hoy, por 26 votos a favor, 303 en contra y 2 abstenciones, que las víctimas que hayan padecido “violencia política” en los años de la Transición sean consideradas “beneficiarias de las indemnizaciones que pueda otorgar la futura ley de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo”.
Así constaba en la moción consecuencia de interpelación urgente sobre las actuaciones del Gobierno para reparar con justicia a todas las víctimas de la Dictadura y la Transición y que este martes defendió en el hemiciclo el diputado de ERC Joan Tardà.
La moción rechazada también instaba al Gobierno a modificar el real decreto por el que se regulan las condiciones y el procedimiento para el abono de las indemnizaciones reconocidas en la Ley de Memoria Histórica, a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa de la Democracia.
ERC defendía que el hecho de haber pertenecido a bandas o grupos armados durante la Guerra Civil y el franquismo no exima de percibir las indemnizaciones contenidas en la citada ley.
Además, instaba al Gobierno a elaborar un informe sobre las medidas necesarias que permitan culminar la localización e identificación de cuantos restos sean posibles para posibilitar su exhumación y traslado si fuera requerido por sus familiares.
También pedía las disposiciones normativas necesarias para que los herederos de víctimas de la Guerra Civil o la dictadura franquista puedan inscribir en el Registro Civil a aquellos familiares que desaparecieron en la contienda o en el Franquismo. También defendía que para el caso de aquellos que sí están inscritos, sus familiares puedan rectificar la causa de su muerte.
CERTIFICADOS DE NULIDAD
En la sesión plenaria de esta noche, el Congreso también rechazó una enmienda de adición propuesta por CiU para permitir que la Fiscalía General del Estado pueda emitir “certificados de nulidad de pleno derecho de las resoluciones dictadas durante la Guerra Civil”.
La petición de CiU se amparaba en el decreto de la Fiscalía General del Estado de 5 de abril de 2010, que consideró que las resoluciones dictadas contra Lluis Companys eran nulas de pleno derecho.
Según defendió entonces la Fiscalía General del Estado, las resoluciones dictadas por los Tribunales de Responsabilidades Políticas y los
Consejos de Guerra, constituidos por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa, carecen de “existencia jurídica por adolecer de un vicio esencial e insubsanable”, haber emanado de órganos declarados posteriormente no legítimos.
“Si las resoluciones a que se refiere la actual solicitud carecen ope legis de vigencia jurídica”, pues son “inexistentes y nulas”, decía la fiscalía, “no existe en realidad, sentencia firme que someter a la revisión del Tribunal Supremo, por lo que no concurre el presupuesto básico esencial del recurso de revisión”.

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