Cuáles son las multas por conducir sin cinturón de seguridad

  • Una infracción tipificada como grave en la Ley de Tráfico y que puede conllevar multas de hasta 200€

Los conductores están obligados a conducir con cinturón de seguridad en todo tipo de vías, ya sean urbanas o interurbanas. Viajar sin este tipo de sujeciones puede acarrear multas económicas y hasta pérdidas de puntos del carné. En este practicograma descubrirás cómo son estas multas y sobre quién recae la responsabilidad de este tipo de infracciones.

1 Multas de hasta 200€ por conducir sin cinturón.

No hacer uso del cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil se considera una infracción de carácter grave. Así queda recogido en el artículo 65.4 de la Ley de Circulación. "La sanción sería 200 euros y tres puntos del carné de conducir", apunta Isabel Prieto, abogada de Legálitas.

Por regla general, este tipo de multas se efectúan en el acto. Por tanto, el Policía deberá solicitar la detención del vehículo y entregar en ese momento el parte de la infracción donde conste la identificación del vehículo, el día y hora, el lugar de la infracción y el motivo.

2 ¿Quién debe pagar la multa?

Una duda muy habitual en este tipo de infracciones es quién debe pagar la multa. ¿Qué ocurre si el conductor viaja con cinturón pero uno de los pasajeros no lo hace? "La sanción recae sobre el que comete la infracción", comenta Prieto. La experta asegura que la multa sólo recae sobre el conductor si es éste quien no lleva abrochado el cinturón o si en el vehículo viajan menores sin el sistema de retención infantil apropiado.

El artículo 69.b de esta normativa añade otra excepción. "Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de 18 años, responderán solidariamente por él sus padres o tutores", enuncia la legislación.

3 Existen excepciones.

El artículo 119 del Reglamento General de Circulación establece las exenciones a llevar puesto el cinturón de seguridad:

- Conductores al circular marcha atrás o al aparcar.

- Las personas que por motivos médicos no puedan llevarlo.

- Los taxistas, pero solo si circulan en zonas urbanas.

- Los conductores y pasajeros de las ambulancias.

- Los profesores de autoescuela.

- Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia.

Además, las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso. En caso de medir entre 135 y 150 cm. podrán elegir entre un dispositivo de retención homologado o el cinturón.

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