Mientras dure la crisis habrá barra libre para despedir con sólo 20 días

  • Ni 45, ni 33 días. Prácticamente todos los trabajadores podrán ser despedidos con apenas 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, mientras dure la crisis económica.
El freno del desempleo no da señales de vida (Viñeta Malagón)
El freno del desempleo no da señales de vida (Viñeta Malagón)
lainformacion.com
Ruth Ugalde

Ni 45, ni 33 días. Prácticamente todos los trabajadores podrán ser despedidos con apenas 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades, mientras dure la crisis económica.

Esto es así porque la Reforma Laboral que aprobó ayer el Consejo de Ministros abre la puerta a que las compañías en pérdidas, o víctimas de una caída de las ventas, puedan despedir a sus trabajadores con la indemnización mínima, alegando problemas económicos.

Y éstos no tienen por qué traducirse en númeroso rojos. Al contrario, incluso empresas con millonarios beneficios podrán despedir a sus trabajadores con una indemnización de apenas 20 días.

Basta con que aleguen tres trimestres consecutivos de caída de las ventas, una situación que podrían argumentar prácticamente todos los empresarios españoles en algún momento de los cuatro años de crisis económica que atrevesamos... y de los dos que, hasta los más optimistas, pronostican para nuestra economía.

Además, al acogerse a este motivo para abaratar el despido, las compañías también quedarán libres de tener que recibir la autorización administrativa, basta con que puedan alegar pérdidas o la citada caída de ingresos para poder aplicar una medida de ajuste de este tipo.

Con esta medida, se eliman también las negociaciones con los sindicatos y la posibilidad de que, ante expedientes de regulación de empleo (ERE), se logren acuerdos para indemnizar a los trabajadores con cifras que, en algunos casos, han llegado hasta los 90 días.

A cambio, las grandes empresas que presenten EREs para más de 100 personas estarán obligadas a contratar a una firma externa que lleve a cabo un plan de recolocación de los trabajadores afectados, durante un periodo mínimo de 6 meses.

Requiem por los 45 días

Junto a la popularización de los 20 días de indemnización por año trabajado, la otra gran consecuencia de la Reforma Laboral es la defunción definitiva de los 45 días existentes hasta ahora. Un cambio que afecta, incluso, a los empleados contratados actualmente bajo esta fórmula.

La nueva normativa sólo les reconoce este derecho de cara al pasado, es decir, para el cálculo de la parte correspondiente al tiempo que ya llevan trabajado. Pero, a partir de la entrada en vigor de la reforma, se les aplicarán también los 33 días que recoge el nuevo contrato indefinido diseñado por el Ministerio de Empleo.

Por ejemplo, una persona que lleve dos años en su puesto de trabajo, con un contrato tradicional, si fuera despedida improcedentemente dentro de otros dos años, vería como el cálculo de su indemnización se haría aplicando 45 días por los dos primeros ejercicios (un total de 90) y 33 días por los otros dos (hasta sumar 66), lo que conllevaría una indemnización de 156 días, frente a los 180 días que habría tenido con el modelo imperante hasta ahora.

No obstante, como el Gobierno ha aceptado tramitar la normativa en el Congreso, podrían introducirse cambios en este u otros puntos. Hasta entonces, la ley dice lo que dice, y esto es que se acabaron los 45 días, ahora se pagarán 33, y mientras dure la crisis, habrá que conformarse con 20.

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