El Gobierno sentencia de muerte las indemnizaciones de la cúpula de la CAM

  • La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, anunció ayer que los directivos de las entidades que tengan abierto un expediente disciplinario no tendrán derecho a cobrar ningún tipo de indemnización. En esta situación se encuentra la cúpula de CAM desde el pasado jueves.
El Banco de España destituye a la directora general de CAM sin indemnización
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Ana P. Alarcos

El bolsillo de los directivos de las entidades ayudadas ha sufrido otro disgusto. El segundo en solo una semana. Si el viernes pasado el Gobierno anunció un recorte superior al 65% en los sueldos de la cúpula de los bancos y cajas que hayan recibido dinero público, ahora el tijeretazo ha llegado a sus indemnizaciones.

Y todo apunta a que los primeros espadas de CAM van a ser los primeros afectados.

¿La razón? La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, aseguró ayer, durante la presentación de la reforma laboral, que las cúpulas de las entidades que tengan abierto un expediente disciplinario no podrán cobrar ningún tipo de indemnización cuando abandonen su cargo.

En esta situación se encuentra la cúpula de Banco CAM, que, desde el jueves, sufre un procedimiento de este tipo, ya que ese día el Banco de España abrió un expediente disciplinario a la cúpula de la caja alicantina, que fue intervenida el pasado mes de julio.

Además, hace cuatro meses después, la Fiscalía Anticorrupción abrió una investigación contra la exdirectora general de la caja alicantina, María Dolores Amorós, para determinar si, realmente, se produjeron irregularidades durante su gestión.

Todo ello ha convertido a la CAM en la entidad más afectada por las nuevas decisiones del Ejecutivo. Sin embargo, no es la única.

Sáenz de Santamaría también anunció otro recorte generalizado para los directivos de aquellos bancos y cajas que hayan recibido ayudas, cuyas indemnizaciones serán limitadas.

Aunque, a diferencia de CAM, éstos sí podrán recibir una bolsa de dinero cuando cesen su actividad, ésta será, como máximo, el equivalente a dos años de su sueldo fijo.

Al haberseles limitado el sueldo máximoa a 300.000 euros, en el caso de entidades que hayan recibido ayudas, y 600.000 euros, para aquellas que han tenido préstamos del FROB, la indemnización máxima que podrán recibir serán 600.000 y 1,2 millones, respectivamente.

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