Absuelta la concejal de IU de Sevilla acusada de prohibir un homenaje a Foxá

  • La concejal de IU en Sevilla Josefa Medrano ha sido absuelta de los delitos de prevaricación y contra los derechos cívicos por prohibir un homenaje al escritor Agustín de Foxá en el cincuenta aniversario de su muerte.

Sevilla, 13 feb.- La concejal de IU en Sevilla Josefa Medrano ha sido absuelta de los delitos de prevaricación y contra los derechos cívicos por prohibir un homenaje al escritor Agustín de Foxá en el cincuenta aniversario de su muerte.

Una sentencia del juzgado penal 8, a la que ha tenido acceso Efe, dice que Medrano no incurrió en un delito de prevaricación porque las asociaciones convocantes del acto "no han acreditado un ánimo o intencionalidad malvada, arbitraria y caprichosa" y porque su decisión, aunque "apresurada e inmotivada", no reúne los requisitos de incurrir en una ilegalidad "terminante y grosera".

Según la juez, no se ha demostrado que Medrano actuara por "motivaciones ideológicas" sino que hay "interpretaciones posibles" como fundamento de su decisión y en el juicio no se demostró que fuese "generalizada" por su parte la denegación de actos falangistas o franquistas.

Medrano, concejal de Participación Ciudadana en el anterior gobierno de coalición PSOE-IU, se enfrentó a una petición de dos años de cárcel y ocho de inhabilitación por denegar la utilización del centro cívico El Tejar del Mellizo para un homenaje a Agustín de Foxá, el 6 de octubre de 2009.

La sentencia, sin embargo, critica la actuación de Medrano, pues en declaraciones periodísticas justificó su decisión en la Ley de Memoria Histórica y ello fue "ciertamente desafortunado, porque no tiene encaje legal" pero además el acto se celebró finalmente en el patio del centro cívico, lo que no resulta "coherente" con su actitud.

Explica la sentencia que el acto fue autorizado inicialmente por la directora del centro porque cumplía los requisitos y, sin que se conozca como pudo trascender dicha autorización, comenzaron a llegar correos electrónicos de protesta que fueron desviados a Medrano.

La concejal "sin cerciorarse previamente, como era su obligación, del carácter del acto y de la repercusión que pudiera tener en la seguridad del centro, decide revocar la autorización" ante "una situación que pudiera conllevar disturbios".

Esta decisión fue "apresurada, desacertada e inmotivada", dice la sentencia, que recoge que finalmente el homenaje se celebró en el patio, sin ninguna oposición por parte de los bedeles y con una presencia policial que "no tuvo que intervenir en ningún momento".

Los denunciantes acusaron además a Medrano de un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas, pero la sentencia recoge que se trata de un tipificación "residual", que "solo es aplicable en defecto del tipo penal prioritario" que es la prevaricación.

La juez "no niega que la actuación" de Medrano haya podido vulnerar un derecho de las asociaciones convocantes, pero para reclamarlo deben acudir a la vía contencioso administrativa, precisa.

Mostrar comentarios