El Tribunal de Cuentas considera adecuadas las cifras del Museo del Prado

  • El Tribunal de Cuentas considera que las cuentas del Museo del Prado correspondientes al ejercicio 2012 reflejan adecuadamente su situación financiera y patrimonial, el resultado del ejercicio y la liquidación de su presupuesto.

Madrid, 11 jul.- El Tribunal de Cuentas considera que las cuentas del Museo del Prado correspondientes al ejercicio 2012 reflejan adecuadamente su situación financiera y patrimonial, el resultado del ejercicio y la liquidación de su presupuesto.

Además, cree que estas cuentas contienen la información necesaria y suficiente para su correcta interpretación y comprensión, aunque existe una discrepancia en cuanto a la amortización de bienes inmuebles, pues el Tribunal cree que son bienes culturales que no deben aparecer en las amortizaciones.

En su informe, el Tribunal recomienda al museo que apruebe unas normas internas que se refieran al conjunto de las actividades técnicas y administrativas que desarrolla, en especial las relativas al ejercicio de las de coordinación, las áreas de conservación preventiva y seguridad y las de gestión de los bienes artísticos, ingresos y contabilidad.

Sobre este punto, en las alegaciones presentadas por Miguel Zugaza, director del museo, se afirma que se continuará con la labor ya iniciada con el fin de optimizar la utilización de los recursos por parte de todas las áreas técnicas y administrativas que conforman la estructura organizativa del museo.

Se recomienda también la elaboración de un informe periódico sobre el estado de conservación de las colecciones del Prado para su elevación a los órganos rectores del mismo.

Esta práctica, según las alegaciones del museo, no es habitual en el ámbito museístico ya que están recogidas en los planes de actuación correspondientes.

Además, tanto el director como el director adjunto de Conservación informan verbalmente en la comisión permanente, y por escrito en el pleno del Patronato, sobre la actividad de los talleres de restauración y otras incidencias o intervenciones necesarias para la conservación de la colección.

A la recomendación del Tribunal sobre la aprobación de unos criterios generales para la Adquisición de bienes artísticos, se considera que estos se encuentran implícitos en la introducción de la Ley 46/2003, y en sus fines y objetivos, haciendo innecesario un nuevo documento.

Otra de las recomendaciones se refiere al establecimiento de criterios para la concesión de préstamos de obras a otras instituciones para exposiciones temporales. El Prado cree que existen criterios estandarizados entre instituciones museísticas que son compartidos internacionalmente y se basan en la reciprocidad.

Por otra parte, el Tribunal cree imprescindible que el museo prosiga en las tareas de seguimiento y control de los depósitos constituidos en otras instituciones.

Este punto, según el museo, es una de las principales responsabilidades de los departamentos de conservación, restauración, documentación y registro, "y específicamente es la razón de ser del Servicio de Depósitos", señala Zugaza en sus alegaciones.

En el informe se pide también al museo que investigue y busque posibles bienes que se han de integrar en el Legado Villaescusa, así como la búsqueda de obras de arte no localizadas que figuran en antiguos inventarios, labor que el museo afirma se continúa haciendo desde los Servicios de Depósitos y Archivo y Documentación

Finalmente, el Tribunal de Cuentas considera necesaria la culminación del proceso de reordenación de colecciones entre el Prado y el Reina Sofía, necesidad compartida por el museo y cuyo proceso se ha retomado de forma conjunta con el fin de adoptar las actuaciones que conduzcan a su resolución.

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