La Fiscalía critica la equiparación de propiedad intelectual con los derechos fundamentales en la 'Ley Sinde'

  • El Consejo Fiscal también advierte que, según la norma, la Comisión de Propiedad Intelectual tendría acceso a información privada de los supuestos infractores de los derechos que sólo sería accesible en estos momentos con una "autorización judicial previa".
La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde - EFE
La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde - EFE
EFE
EFE

- Gráfico: Así funciona la ley para cerrar webs propuesta por González Sinde

- La Ley de Economía Sostenible, un cajón de sastre

Cultura creará un "superportal de contenidos legales"

- Protestas por la 'Ley Sinde'


El Consejo Fiscal considera "dudoso" quela protección de la propiedad intelectual "deba ponerse a la mismaaltura" que la del resto de los bienes jurídicos protegidos -algunosde ellos derechos fundamentales- por la Ley de Servicios de laSociedad de la Información.

Así se expresa el órgano asesor del fiscal general del Estado ensu informe sobre la Ley de Economía Sostenible (LES), que introducemodificaciones en otras normas -como la citada anteriormente- parareforzar las medidas de protección de la propiedad intelectual,posibilitando el cierre de páginas web o la retirada de determinadoscontenidos de las mismas.

En el informe, al que ha tenido acceso Efe, la Fiscalía criticaque se haya situado la salvaguarda de los derechos de propiedadintelectual "al mismo nivel" que la del orden público, lainvestigación penal, la seguridad pública, la defensa nacional, lasalud pública, la dignidad de la persona y la protección de lajuventud y de la infancia.

Para el Consejo Fiscal, la propiedad intelectual debe ser tratada"como derecho de propiedad" y no como un derecho fundamental, yaque, "aunque se pueda reconocer su importancia" en las sociedadesmodernas, "no parece alzarse al mismo nivel" que intereses generalescomo el orden público o colectivos situados en una posición dedebilidad como los menores.

Autorización judicial previa

El Ministerio Público también advierte en su escrito alguna"contradicción" en la disposición de la LES que permite a laComisión de Propiedad Intelectual (CPI), de nueva creación, requerira los "prestadores de servicios de la sociedad de la información"los datos para identificar a los responsables de las supuestasinfracciones de los derechos de propiedad intelectual.

Así, cree que no se plantea ningún problema si de lo que se trataes de obtener "la identificación de la titularidad formalregistrada" -el titular del nombre del dominio de la página web, porejemplo-, pero dice que en ocasiones será preciso conseguir otrosdatos para los que la ley "exige autorización judicial previa".

Para proporcionar "cobertura legal" a la CPI, la Fiscalía proponemodificar la ley de modo que no se precise autorización judicialpara los datos "que no estén amparados por el derecho fundamental alsecreto de las comunicaciones, sino por el derecho de intimidad", yaque éste permite valorar "la proporcionalidad de la medida deintromisión" en relación con los intereses que se quiere proteger.

"En cualquier caso, lo que en ningún supuesto puede recabar laCPI, ni puede ser proporcionado por los prestadores de servicios dela sociedad de la información, son informaciones referidas acomunicaciones privadas que puedan afectar al derecho fundamental alsecreto de las comunicaciones, que requieren ineludiblmenteautorización judicial", advierte el informe.

Confusión en la creación de una comisión

La Fiscalía critica también la regulación que la ley hace de laestructura de la CPI, que "resulta confusa" porque"más que crearuna Comisión con un mínimo común denominador parece originar dos",una que ejerce "labores de mediación" y otra que interviene en losservicios de la sociedad de información "con un enorme potencial deincidencia invasiva en la esfera de derechos fundamentales".

Por último, el informe recuerda que pese a que la ley prevé quelos Juzgados de lo Contencioso de la Audiencia Nacional podránacordar, a propuesta de la CPI, el cierre de páginas web o laretirada de contenidos de las mismas, esta medida "queda limitada alos casos en que el prestador del servicio está establecido enEspaña o en un Estado de la UE o del Espacio Económico Europeo".

Mostrar comentarios