Agentes medioambientales denuncian a dos cazadores por utilizar métodos prohibidos

EUROPA PRESS
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Los agentes sorprendían a los denunciados la noche del 31 de octubre mientras hacían uso de métodos prohibidos para el ejercicio de la caza, como productos atrayentes y fuentes luminosas artificiales. La utilización de estos elementos es una práctica ilícita que puede dar lugar a sanciones administrativas, según la Ley de Caza de Castilla y León, como ha indicado fuentes de la Delegación Territorial.

Conforme a lo establecido en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, en relación con los medios y procedimientos de caza prohibidos se prohíben los siguientes medios: venenos y cebos envenenados; productos anestésicos; productos atrayentes; reclamos de especies no cinegéticas, vivos o naturalizados, y los de especies cinegéticas vivos cegados o mutilados, así como todo tipo de reclamos eléctricos o mecánicos, incluidas las grabaciones; dispositivos eléctricos y electrónicos que puedan matar o aturdir; fuentes luminosas artificiales; lazos, cepos y anzuelos; redes y trampas; gases asfixiantes y humo; explosivos; liga o similares e inundaciones de madrigueras.

Desde el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta en Segovia se ha hecho un llamamiento a los ciudadanos y gestores de acotados para que, si descubren este tipo de prácticas ilegales y antideportivas lo pongan en conocimiento de los agentes de la autoridad.

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