(avance) yihadismo. El borrador del pacto contempla la “prisión permanente revisable si se causara la muerte de una persona”


El borrador de la reforma legal en la que trabaja el Gobierno con el resto de formaciones políticas para combatir la lucha contra el terrorismo yihadista contempla el “castigo” de la “prisión permanente revisable si se causara la muerte de una persona”.
Así consta en el texto, al que ha tenido acceso Servimedia, de la proposición de ley orgánica por la que se modifica la ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo, en el que trabajan el Gobierno y los grupos parlamentarios.
En él se dice que los delitos tipificados como terrorismo serán castigados por cinco tipos de penas que van desde la “prisión permanente revisable”, en caso de muerte, a las de diez a quince años de prisión “si se causara cualquier otra lesión, o se detuviera ilegalmente, amenazara o coaccionara a una persona”.
No obstante, podrían aumentar estas penas si los hechos se cometieran contra los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas.
Además, establece que “quienes promovieran, constituyeran, organizaran o dirigieran una organización o grupo terrorista serán castigados con las penas de prisión de ocho a catorce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de ocho a quince años”.
Además, “quienes participaran activamente en la organización o grupo, o formaran parte de ellos, serán castigados con las penas de prisión de seis a doce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a catorce años”.

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