Consultas populares en Cataluña usarán el registro de población como censo

  • Las consultas populares por vía distinta al referendo utilizarán el Registro de Población de Cataluña como base para establecer el censo al que se desea preguntar, según proponen la mayoría de los grupos que participan en la ponencia redactora de la Ley de Consultas.

Barcelona, 13 jun.- Las consultas populares por vía distinta al referendo utilizarán el Registro de Población de Cataluña como base para establecer el censo al que se desea preguntar, según proponen la mayoría de los grupos que participan en la ponencia redactora de la Ley de Consultas.

El Registro de Población de Cataluña, que ya existe desde hace años y sobre el cual la Generalitat dispone de competencias reguladoras reconocidas en el Estatut, contiene la suma de los datos que figuran en los padrones municipales y está gestionado por el Instituto de Estadística de Cataluña, el Idescat.

Según han explicado hoy los ponentes de CiU, ERC e ICV-EUiA, si bien esta cuestión aún está pendiente de ser acordada en próximas reuniones de la ponencia y en la sesión de esta mañana únicamente se ha empezado a debatir, hay un acuerdo previo entre ellos para que en las consultas sea utilizado el Registro de Población de Cataluña.

Utilizar este último registro permitirá, por ejemplo, a los grupos favorables a la consulta soberanista del 9 de noviembre salvar el escollo que representaba no poder usar el censo electoral -reservado únicamente para las elecciones y referéndums- y, al mismo tiempo, no tener que pedir a los ayuntamientos los datos de los padrones municipales.

Puesto que la Generalitat ya dispone de la competencia reguladora sobre el Registro de Población de Cataluña y este se nutre de forma automática de los padrones municipales, las consultas populares tendrán una base censal sobre la que podrán llevarse a cabo, una vez se introduzcan en el texto de la nueva ley las cautelas previstas en las leyes de estadística y de protección de datos.

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