El Supremo eleva la pena a una pareja por castigar a su hijo con azotes

  • El Tribunal Supremo ha elevado a seis años y nueve meses de prisión la pena a un matrimonio de gambianos al que la Audiencia de Barcelona había impuesto dos años y medio por maltratar a su hijo de 10 años con castigos físicos que incluían azotes con cables de televisión y marcas con cuchillos al rojo vivo.

Barcelona, 20 ene.- El Tribunal Supremo ha elevado a seis años y nueve meses de prisión la pena a un matrimonio de gambianos al que la Audiencia de Barcelona había impuesto dos años y medio por maltratar a su hijo de 10 años con castigos físicos que incluían azotes con cables de televisión y marcas con cuchillos al rojo vivo.

En su sentencia, el Supremo ha estimado el recurso que la Fiscalía presentó contra la sentencia y ha elevado la condena a los acusados, al imputarles un delito de lesiones además del de maltrato, dada la gravedad de las heridas que infligieron al menor en continuos castigos físicos.

El alto tribunal considera que en su sentencia la Audiencia minimizó las lesiones sufridas por el niño, dado que "con su expresión 'múltiples cicatrices' no se llega a describir, ni a permitir imaginar siquiera al más exagerado lector, que lo que con ello quiere decirse es que el menor presentaba nada menos que 57 cicatrices esparcidas por prácticamente todo su cuerpo".

Para el Supremo, el informe médico-forense aportado en el juicio permite modificar el fallo y condenar a los procesados por un delito de lesiones, no sólo por la cantidad de las cicatrices que presentaba el menor, sino también por su gravedad, ya que éstas constituyen un tipo de deformidad.

"Ciertamente, con dicho número de cicatrices, lo que cabría cuestionarse es si quedan zonas del menor en las que no se vean cicatrices", añade la sentencia del Supremo.

La pareja, que fue juzgada por la sección sexta de la Audiencia de Barcelona, afrontaba inicialmente una condena de doce años de prisión, ya que la Fiscalía les imputada además un delito de torturas.

Según el fallo de la Audiencia, el matrimonio Amadou Diallo y Mariama Bailo sometió al menor Ibrahima a continuos castigos físicos, consistentes en ser golpeado con un cable de televisión para corregir su comportamiento, hasta julio de 2008, cuando se produjo una intervención policial.

Concretamente, añade la sentencia, la policía se presentó en la casa de los procesados el día 26 de julio de 2008, después de que el padre del menor lo castigara aplicándole en los muslos un cuchillo ardiendo porque había orinado de pie, lo que el niño tenía prohibido para no ensuciarse la túnica de los rezos.

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