Generalitat endurecerá por decreto las condiciones para cobrar renta mínima

  • La Generalitat endurecerá las condiciones para poder cobrar la Renta Mínima de Inserción (RMI), mediante un decreto que han redactado tres departamentos y al que ha tenido acceso Efe.

Barcelona, 17 ago.- La Generalitat endurecerá las condiciones para poder cobrar la Renta Mínima de Inserción (RMI), mediante un decreto que han redactado tres departamentos y al que ha tenido acceso Efe.

Entre las limitaciones que establece el texto para los actuales beneficiarios figura la exclusión de las personas que mendiguen, las que estén pendientes de cobrar por despidos que se encuentren en litigio legal o que hayan rechazado una oferta de empleo adecuada a su situación personal y familiar, y se limita la edad de los perceptores, que deberán tener más de 25 años.

Este mes, el gobierno de la Generalitat ha cambiado el sistema de pago, que antes se hacía mediante transferencia bancaria, y ha enviado el importe de la ayuda mediante un cheque nominal, alegando que de esta forma se puede controlar el fraude y si el perceptor reside efectivamente en el país, lo que ha provocado las protestas de entidades de atención social y de los grupos de la oposición.

Con el nuevo decreto, se espera recortar los costes que suponen las 34.000 personas que en Cataluña están recibiendo la RMI, una ayuda de 420 euros mensuales para personas sin ingresos y en riesgo de exclusión social.

Con la crisis económica, la partida de esta ayuda se había disparado y antes de las limitaciones impuestas este mes, que la Generalitat ha justificado por un fraude que no ha cifrado, se calculaba que el coste para la administración catalana se iba a situar en 200 millones de euros anuales.

El decreto que ha elaborado el gobierno catalán limita la percepción si el solicitante o cualquier miembro de su familia recibe otras ayudas públicas que superen por unidad familiar el importe del salario mínimo interprofesional.

Tampoco podrán recibir la ayuda quienes hayan dejado voluntariamente un trabajo, tanto si es el solicitante como algún miembro de su familia, en los últimos 12 meses, o si han percibido de forma indebida cualquier tipo de prestación pública en los cinco años anteriores.

Para los nuevos solicitantes, el decreto establece que deben acreditar "una residencia continuada y efectiva en Cataluña como mínimo con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud" o que hayan residido efectivamente en la comunidad cuatro de los últimos cinco años. Los extranjeros deberán acreditar que la residencia es legal, puntualiza el texto.

Otra condición que marca el nuevo decreto es tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años, o que, no llegando a los 25 años, sean personas "en situación de desamparo o riesgo social, o tengan menores o personas con dependencia o personas con discapacidad a su cargo".

También se determina que estas personas carezcan de los medios económicos necesarios para atender las necesidades básicas para la subsistencia y se advierte que "se consideran en esta situación las personas o las unidades familiares que no hayan obtenido durante los doce meses anteriores a la fecha de la solicitud unos ingresos superiores a la prestación económica de la renta mínima de inserción que corresponda al mismo período".

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