Las aseguradoras no podrán incluir el criterio de género al calcular el precio de las pólizas


A partir del 21 de diciembre del año 2012 dará igual ser hombre o mujer a los ojos de las aseguradoras, que no podrán discriminar por cuestión de género a la hora de calcular el precio de las pólizas de sus asegurados.
Así consta en una sentencia dictada este martes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que afirma que "la consideración del sexo del asegurado como factor de riesgo en los contratos de seguro constituye una discriminación".
El Tribunal recuerda que la Directiva 2004/113/CE prohíbe toda discriminación por razón de sexo en el acceso a bienes y servicios y en su suministro.
De este modo, la Directiva prohíbe tener en cuenta el criterio del sexo para el cálculo de las primas y prestaciones de seguro en los contratos de seguro celebrados a partir del 21 de diciembre de 2007.
No obstante, se prevé una excepción según la cual los Estados miembros pueden autorizar excepciones a la norma de primas y prestaciones independientes del sexo.
Pero ante el riesgo de que esta excepción fuese permanente, el Tribunal ha declarado inválida con efectos a 21 de diciembre de 2012 la excepción a la norma general de primas y prestaciones independientes del sexo en el sector de los seguros.

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