Los servicios meteorológicos se "racionalizarán" para evitar duplicidades

  • La nueva ley del servicio meteorológico del Estado pretende "racionalizar" y "ordenar" las prestaciones que se suministran a nivel autonómico, local y estatal, con el fin de evitar la duplicación de inversiones públicas y conflictos entre informaciones "eventualmente contradictorias".

Madrid, 12 feb.- La nueva ley del servicio meteorológico del Estado pretende "racionalizar" y "ordenar" las prestaciones que se suministran a nivel autonómico, local y estatal, con el fin de evitar la duplicación de inversiones públicas y conflictos entre informaciones "eventualmente contradictorias".

El anteproyecto, al que ha tenido acceso a Efe y que saldrá mañana a participación pública, explica que en España, la realidad constitucional del Estado de las Autonomías ha permitido crear Servicios Meteorológicos con competencias propias, limitadas al territorio de una comunidad, que coexisten con el Servicio Meteorológico estatal.

Además, existen otros organismos e instituciones financiados con fondos públicos de ámbito estatal, autonómico o local, que están también implicados en tareas de carácter meteorológico, como el despliegue de redes de observación de las variables atmosféricas y la difusión de información para usuarios de diversos sectores y el público en general.

En consecuencia, "es necesario establecer una ordenación de las responsabilidades del Servicio Meteorológico estatal de forma que, con pleno respeto a las competencias de las comunidades autónomas", se proporcionen servicios de calidad y seguridad a la sociedad, racionalizando las prestaciones, evitando duplicidades y rentabilizando las inversiones públicas".

Por otro lado, el articulado del anteproyecto subraya que el sistema de avisos debe proceder de una única fuente para evitar la "posible descoordinación entre los diferentes niveles de gestión de las emergencias y la confusión en los medios de comunicación y ciudadanos en general".

Y establece que sea la Agencia Estatal de Meteorología quien ejerza en exclusiva la competencia de emisión de los avisos de fenómenos meteorológicos adversos o de alto impacto social y económico en todo el territorio español y actúe como el órgano meteorológico del Estado para el asesoramiento en situaciones de emergencia a nivel nacional, formando parte de la Comisión Nacional de Protección Civil.

El anteproyecto constata asimismo la existencia de numerosas redes de observación meteorológicas y climática operadas y financiadas por organismos públicos a escala nacional que, en algunos casos, no son eficientes.

"Esto genera, entre otros, importantes obstáculos para el uso de la información, incluso entre las administraciones, que desconocen la totalidad de los datos existentes", añade el documento.

Además de las operadas por la Aemet, también hay múltiples estaciones y redes de observación meteorológica propiedad de organismos autonómicos, instituciones, empresas y particulares, que según el proyecto, no siempre están justificadas en cuanto a coste y beneficio.

Desde la entrada en vigor de la ley, las comunidades dispondrán de seis meses para adaptar y modificar la normativa de carácter autonómico relativa a la prestación de servicios meteorológicos.

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