Mapfre condenada a indemnizar con 54.000 ? a padres de una azafata Spanair

  • El Juzgado de lo Social número 5 de Málaga ha condenado a Mapfre a abonar 27.416 euros a los padres de una azafata que falleció en el accidente de Spanair del 20 de agosto del 2008, como responsabilidad civil y también le obliga a pagar el interés legal, por lo que la cuantía ascenderá a 54.000 euros.

Málaga, 16 oct.- El Juzgado de lo Social número 5 de Málaga ha condenado a Mapfre a abonar 27.416 euros a los padres de una azafata que falleció en el accidente de Spanair del 20 de agosto del 2008, como responsabilidad civil y también le obliga a pagar el interés legal, por lo que la cuantía ascenderá a 54.000 euros.

La jueza sostiene en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que resulta evidente la "responsabilidad objetiva" civil de la aseguradora y condena a Mapfre a abonar la cuantía a los padres de la azafata, que estaba casada y tenía una hija de pocos meses.

Según el abogado de la familia, Manuel Temboury, se trata de la primera sentencia en materia de compensación en el caso Spanair, y se refiere a la reclamación de unos padres que pidieron inicialmente dos millones de euros.

El marido y la hija de la víctima ya fueron indemnizados en el 2010 por un acuerdo extrajudicial.

La resolución reconoce el derecho de indemnización de los padres por separado y con independencia del marido y la hija de la fallecida, que era auxiliar de vuelo.

La sentencia absuelve a Boeing, porque la magistrada entiende que, aunque existió fallo del sistema de aviso de la mal configuración de los pequeños alerones que hay en las alas y que son necesarios para que el avión se eleve, este dispositivo de alerta no era obligatorio, sino recomendable.

El letrado de la familia considera un error este punto de la resolución, ya que "de haber estado en perfecto estado este sistema de alerta, habría avisado a los pilotos de la falta de configuración del avión y se habría abortado el despegue".

La sentencia considera que "la aseguradora ha sido renuente al pago" de la indemnización, por lo que le impone la obligación del pago de intereses legales, lo cual, elevará la cantidad a 54.000 euros, según el abogado.

Por su parte, Mapfre sostiene que el juzgado ha aplicado el mismo criterio que la aseguradora para calcular las indemnizaciones a las víctimas del accidente y añade que procederá al "pago inmediato de esta cantidad", aunque analizará la sentencia, ya que discrepa del interés legal punitivo.

El abogado Manuel Temboury recuerda que se trata de la primera sentencia en España, tras el archivo en septiembre de 2012 por parte de la Audiencia de Madrid de la causa penal, al entender que la responsabilidad del siniestro no es imputable a los técnicos, sino a la actuación "errónea" de los pilotos.

Además, un juzgado de lo Mercantil de Madrid fijó para el 24 de febrero del 2015 la vista para resolver una demanda colectiva de afectados contra la asegura Mapfre.

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