Publicada en el boe la orden que regula la concesión de ayudas para mayores y personas con discapacidad en ceuta y melilla


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes una orden del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para personas mayores, ciudadanos con discapacidad y personas en situación de dependencia de Ceuta y Melilla.
En concreto, la orden fija las bases reguladoras de las subvenciones que conceda el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), con cargo a los créditos de sus presupuestos para facilitar la prestación de servicios, la adquisición de ayudas técnicas y la movilidad, comunicación y autonomía personal a las personas mayores, las que tienen discapacidad y a los ciudadanos en situación de dependencia.
Fija así ayudas individuales y otras destinadas a entidades y organizaciones no gubernamentales de atención a personas mayores y a personas con discapacidad radicadas, en ambos casos, en Ceuta y Melilla.
La orden señala que cada procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública, adoptada por resolución del titular de la Dirección General del Imserso y publicada en el Diario Oficial correspondiente.
De esta forma, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial correspondiente.
En cuanto a la dotación de las subvenciones, será la que se determine con carácter anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, con cargo a los créditos presupuestarios que se indicarán en las correspondientes convocatorias "y su concesión quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dichos presupuestos".
Con respecto a las resoluciones, se dictarán y notificarán a los solicitantes en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de las respectivas convocatorias, según lo dispuesto en los artículos 25.4 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Excepcionalmente, podrá acordarse una ampliación del referido plazo máximo de resolución y notificación, en los términos y con las limitaciones establecidos en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, comunicándose dicho acuerdo a los solicitantes.
La resolución señala que será incompatible el disfrute por el mismo beneficiario de subvenciones individuales destinadas a personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, si bien cada beneficiario podrá compatibilizar hasta tres ayudas, para distintas finalidades, de las correspondientes al grupo de subvenciones por el que haya optado en la solicitud.

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