Publicado en el BOE

Sanidad endurece el uso de mascarillas y obligará a usarlas incluso en las playas

El Gobierno rectifica el decreto de la nueva normalidad de junio de 2020 y elimina la excepción de no utilizarla cuando se está a 1,5 metros. Quienes hacen deporte y tengan dificultades seguirán eximidos. 

Pedro Sánchez Carolina Darias
Sanidad endurece el uso de mascarillas y obligará a usarlas incluso en las playas
EFE

El uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento. Incluso aunque se esté al aire libre y a más de 1,5 metros de distancia. Así lo ha dispuesto el Gobierno en una ley publicada este martes en el BOE, en la que endurece varias medidas sanitarias con respecto al decreto de la nueva normalidad del pasado mes de junio. Una reforma que llega en pleno estallido de la cuarta ola de contagios, y que sirve para dar carácter de ley a las normas que se elaboraron para regular el comportamiento de la población tras el confinamiento domiciliario. Y en la que se mantienen algunas eximentes, como la de no portarla cuando se está haciendo deporte en exteriores o en el caso de personas con dificultades respiratorias o sin autonomía para ponérsela y quitársela. 

El BOE publica la ley de 'nueva normalidad', obligatoria la mascarilla

Esta norma, la Ley 2/2021, de 29 de marzo, establece que todos los mayores de seis años deberán usar este equipo de protección en boca y nariz "en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público". Lo cual supone una diferencia con respecto a ese Real decreto-ley de junio de 2020, donde se recogía que había que utilizarlas "siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros". Por lo que los ciudadanos deberán tenerla incluso en entornos como una playa o en espacios en los que pudieran mantener esa separación con otras personas u otros núcleos estables de convivencia. 

La publicación en el BOE de esta norma hace que tenga carácter superior a todas las que hayan publicado en estos meses las comunidades autónomas. Las distintas regiones aplicaron excepciones de un tipo u otro valiéndose de sus competencias, permitiendo que el uso de la mascarilla se relajara en distintos ámbitos. Desde ahora, todos los resquicios tocan a su fin. Lo que no solo afectará a entornos tan particulares como las playas. Lo mismo ocurrirá en las piscinas o las terrazas de los locales de hostelería. También habrá cambios para las vías por las que circulan los peatones. Hasta ahora, se aplicaba esa eximente de no emplearla cuando se estuviera a dos metros de distancia. Ahora será obligatoria mientras se ande por la calle en todas las circunstancias.

La nueva legislación, que repite el nombre de la utilizada para la nueva normalidad ("de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19"), también elimina ciertas excepciones que podían producirse en barcos. Antes, no hacía falta usar un cubrebocas cuando se estaba al aire libre en un buque si existía esos 1,5 metros de distancia. Desde ahora no se permitirá esta salvedad, y quienes estén en una embarcación deberán llevarla en todo momento incluso estando apartados lo suficiente de otras personas. Solo se permite no usarla cuando los pasajeros estén dentro de sus camarotes.

En el resto de transportes las obligaciones continúan como hasta ahora. Por lo que cuando se viaje en avión, autobús, tren o en los distintos transportes públicos seguirá siendo exigible el uso de mascarillas. También se mantiene lo dispuesto para los vehículos privados, por lo que los ocupantes y el conductor deberán llevarla si no conviven en el mismo domicilio. Un marco de obligaciones que, de no cumplirse, puede conllevar una sanción administrativa a cargo de los ayuntamientos o las autonomías a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Esto supone que habrá pocos colectivos que se puedan beneficiar de las excepciones. Para empezar, están eximidas aquellas personas que tengan dificultades respiratorias o que por su situación de discapacidad o dependencia no tengan autonomía para quitársela cuando puedan hacerlo. Esto también regirá para aquellos que sufran alteraciones de conducta y siempre que un facultativo señale que no es recomendable que se les fuerce a llevar la protección en boca y nariz. Quienes hacen deporte al aire libre son el otro grupo que se podrá librar de su uso. Tampoco se le exigirá a quienes realicen actividades que, por su naturaleza, sean incompatibles con una mascarilla.

La incógnita ahora es cómo afectarán dichas normas a sectores clave como el turismo. Hasta el momento, en las terrazas se insistía en la recomendación de usar el cubrebocas salvo en los momentos en los que se comía y bebía. Ahora, esto pasa a ser una obligación. Tomar el sol en la playa o en una piscina mientras se estuviese apartado de otros también podía conllevar no utilizarla. Con esta ley, esa práctica ya no es una opción.

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