GESTHA DENUNCIA QUE LA 'LEY BECKHAM' OTORGABA "PRIVILEGIOS EXTRAORDINARIOS" A LOS FUTBOLISTAS EXTRANJEROS

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) denunciaron hoy que la 'Ley Beckham', vigente entre 2004 y 2009, otorgaba a los futbolistas que se acogían a ella "privilegios extraordinarios" que iban más allá de la tributación del IRPF a un tipo reducido.
En un comunicado, Gestha explicó que la 'Ley Beckham' permitía a los futbolistas extranjeros o españoles impatriados con rentas elevadas que venían a trabajar en España tributar a un tipo fijo del 24% en el año que se hacían residentes y en los cinco años siguientes.
De este modo, se les concedería un estatus de no residentes por el que no se les exigiría tributar por los ingresos obtenidos en todo el mundo, sino solo por los obtenidos en España, lo que para Gestha es un "privilegio extraordinario" para contribuyentes que tienen un "alto poder adquisitivo".
En este sentido, el sindicato de los técnicos consideró que esta es la estrategia utilizada por varios jugadores para no contribuir "una parte sustancial de los ingresos publicitarios" en España aunque recordó que la inspección debe probar si los ingresos que un futbolista obtiene por su imagen son ingresos obtenidos en España o en otro país.
CASO DE CRISTIANO RONALDO
Por otra parte, en referencia al caso concreto de Cristiano Ronaldo y la presentación "voluntaria" -según el futbolista- de la declaración del modelo 720, Gestha precisó que "no es la ley la que le dispensa de la obligación de informar de sus bienes en el extranjero de 2012 a 2015, al igual que a otros deportistas impatriados, sino un bondadoso criterio de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda español".
Por ello, criticó que la interpretación de Tributos es "laxa", puesto que "una cuestión es una ventaja fiscal para que estos deportistas tributen por debajo de la mitad de lo que les correspondería, y otra diferente es extender la ventaja para que no tengan obligación de informar de sus bienes en el exterior, como está obligado cualquier ciudadano que resida en España".

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