La Audiencia Nacional suspende la huelga por el "desorden organizativo" que supondría


La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado la medida cautelar solicitada por la Liga de Futbol Profesional (LFP) y ha suspendido la huelga convocada por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) para las dos últimas jornadas del campeonato, por entender que los huelguistas tratan de modificar el convenio colectivo y por el "desorden organizativo" que supondría.


En un auto, de 22 folios, los magistrados condicionan la suspensión de la huelga a la aportación de una caución por parte de la LFP de cinco millones de euros, que deberán depositar en la cuenta bancaria de la Sala antes de las tres de la tarde. Según el texto del auto, los magistrados sustentan su decisión en la convicción de que una huelga es ilegal si el motivo de la misma es supone la alteración del contenido del convenio colectivo.


Según el artículo 11.c del Real Decreto Ley 17/1977, dicen los magistrados, son ilegales las huelgas “cuyo objeto sea alterar, dentro de su período de vigencia, lo establecido en convenio colectivo”. La Sala indica que el derecho a la huelga es, como todos, “un derecho limitado, y también un derecho que admite y precisa regulación legal”.


El tribunal aprovecha su auto para recordar que el ejercicio del derecho de huelga está pendiente de regulación detallada desde la transición. En todo caso, y con arreglo a la regulación actualmente en vigor, las huelgas no pueden “alterar, durante su vigencia, lo acordado en un convenio colectivo”.
La Sala entiende que “algunos de los objetivos de la huelga podrían tener por finalidad la modificación del convenio colectivo vigente, que regula expresamente el fondo de la AFE y el fondo de garantía salarial para asegurar el cobro de los futbolistas en los clubes morosos, así como los compromisos pactados el 25 de julio de 2014 entre la LNFP y la AFE”.


En ese acuerdo la Liga se comprometió a abonar a las futbolistas un 0,5% neto de todos los ingresos “si se legislaba finalmente sobre la venta centralizada de los derechos audiovisuales”. Además, el tribunal considera probado que la celebración de la huelga “impediría concluir el campeonato de Primera y Segunda División B en las fechas indicadas, lo que provocará un grave desorden organizativo, cuya resolución es muy difícil de resolver por los compromisos internacionales de España y de los propios clubes, así como por las propias fechas de vacaciones de los futbolistas”.


El presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), Luis Rubiales, señaló este miércoles tras la vista celebrada en la Audiencia Nacional para dirimir la legalidad de la huelga convocada por los jugadores que confiaba en que el tribunal decretara que el paro es legal y denunció presiones de algunos clubes a sus deportistas.


La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional celebró este miércoles una vista en la que los tres magistrados que la componen pudieron escuchar los argumentos de los futbolistas y de la Liga de Fútbol Profesional (LFP) antes de decidir si suspendía la huelga anunciada para todas las competiciones de fútbol a partir del próximo sábado.


Los futbolistas españoles apelaron al derecho constitucional a la huelga para defender el paro. Creen que, de celebrarse, los daños no serían "irreversibles", dando a entender que podrían jugarse los partidos más adelante. Por su parte, la Liga defendió que más que una huelga, esta protesta tiene el carácter de un cierre patronal y no respeta la libertad de quienes no quieren sumarse a ella.

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