El BOE publica una orden que recoge reducciones en módulos del IRPF para agricultores y ganaderos de Baleares

EUROPA PRESS

La orden recoge minoraciones de la tributación de producciones agrarias, tanto a escala nacional como en determinados ámbitos territoriales. Así, en Baleares el efecto de las reducciones establecidas a escala nacional es importante, por tratarse, en algunos casos, de producciones notables dentro de su ámbito territorial como la apicultura (de 0,26 a 0,18), el bovino de leche (de 0,32 a 0,16) o el bovino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), entre otros.

Además, hay otras reducciones que afectan específicamente a Baleares, como en los cereales (de 0,26 a 0,18), los forrajes (de 0,37 a 0,13) o las leguminosas (de 0,26 a 0,18).

En el ámbito de la ganadería, el índice corrector para piensos adquiridos a terceros, aplicable cuando se adquieren fuera de la explotación piensos y otros productos que supongan más del 50 por ciento del importe de los consumidos, se reduce excepcionalmente a 0,75 en los casos de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura y a 0,65 para el resto de las actividades ganaderas.

El conjunto de todas estas reducciones puede suponer en las Islas una reducción de la base imponible de los declarantes en el régimen de estimación objetiva agraria, respecto a un año normal, de unos cuatro millones de euros.

El Gobierno ha recordado que ya una orden introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20 por ciento del mismo.

Esta medida fue acordada por el Gobierno, junto con la exención parcial del 85 por ciento del Impuesto sobre la electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas del verano de 2013.

Al mismo tiempo, esta orden establece una reducción de un 5 por ciento del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2015. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto es, por tanto, mayor que cualquier reducción de módulos específicos.

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