Andalucía recurre ley que permite retener recursos a CCAA para saldar deudas

  • El Consejo de Gobierno andaluz ha acordado hoy interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, que permite al Estado retener recursos de las comunidades para saldar la deuda comercial.

Sevilla, 11 mar.- El Consejo de Gobierno andaluz ha acordado hoy interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, que permite al Estado retener recursos de las comunidades para saldar la deuda comercial.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el portavoz del Ejecutivo, Miguel Ángel Vázquez, ha motivado el recurso en invasión de competencias e infracción de principios constitucionales.

Este recurso de inconstitucionalidad es el décimo que presenta Andalucía en los dos años de esta legislatura autonómica contra una norma estatal, y el portavoz del Gobierno no ha descartado más si el Gobierno sigue legislando "contra las comunidades autónomas".

Ha afirmado que el Ejecutivo central por la vía de la normativa estatal básica quiere "derribar o dinamitar el Estatuto de Autonomía", que es de "obligado cumplimiento", ha remarcado.

Según ha explicado Vázquez, la norma gubernamental excede el sentido del principio de estabilidad presupuestaria, incorporado a la Constitución Española tras la reforma de su artículo 135, al incluir en el concepto de deuda pública la deuda comercial de las administraciones con sus proveedores.

Con ello, el Gobierno central "se arroga indebidamente la atribución de retener recursos financieros de las comunidades autónomas para el pago directo a los acreedores y no sólo para corregir desviaciones sobre los objetivos de déficit", ha censurado.

A juicio del Gobierno andaluz, esta limitación vulnera los principios de autonomía financiera y de gestión de las comunidades, garantizados por el texto constitucional en sus artículos 156.1 y 137, respectivamente.

De igual modo, al equiparar deuda pública y comercial, la ley contraviene el citado artículo 135, que establece como prioridad absoluta el pago de la primera a través de mecanismos de corrección de desviaciones que en ningún caso incluyen el pago a proveedores.

La Junta sostiene que esta retención de recursos genera una merma a su autonomía financiera al otorgarse prioridad al pago a proveedores sobre las obligaciones financieras relacionadas con la prestación de servicios públicos fundamentales de gestión autonómica, como la educación o la salud.

Con ello, el Estado "interviene en el presupuesto de la comunidad autónoma decidiendo el destino de fondos cuya gestión no le corresponde, sin que ello encuentre justificación en el principio constitucional de estabilidad presupuestaria", ha denunciado Vázquez.

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