Del Banco de España

¿Qué ayudas existen para pagar la hipoteca? Descúbrelo con este simulador

El Código de Buenas Prácticas busca proteger a los deudores hipotecarios con ayudas que puedan aliviar la carga que supone pagar la cuota de la hipoteca. Sin embargo, para poder adherirse y bajar el dinero de la cuantía mensual hay que cumplir una serie de requisitos que dan acceso a estas medidas.

Hipoteca
Así funciona el simulador para saber qué ayudas puedo pedir para pagar la hipoteca
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El pago de la hipoteca es en un quebradero de cabeza para muchas familias cada mes. En julio, el Euríbor a doce meses, principal índice de referencia de los préstamos hipotecarios a tipo variable, cerró por encima del 4%. Es su nivel más alto desde noviembre de 2008 y su senda alcista no tiene fin. A medida que se incrementa el Euríbor, sube el coste para los hipotecados.

En concreto, con una hipoteca media en España de 142.000 euros, si se revisara el cálculo del préstamo ligado al euríbor más un diferencial de 1 %, a partir de julio la cuota mensual se encarece más de 200 euros. Se eleva a 842,49 euros, mientras que en el mismo mes del año pasado se elevaba a 601,32 euros. Este incremento se produce en un contexto todavía inflacionista, pese a que la tasa general se ha reducido en los últimos meses.

Para quienes tengan dificultades para cuadrar las cuentas, existe el Código de Buenas Prácticas, un paquete de ayudas aprobadas por el Gobierno para que ofrezcan los bancos. El objetivo es la protección de los deudores hipotecarios con ayudas que puedan aliviar la carga que supone pagar la hipoteca, aunque hay que cumplir una serie de requisitos para poder acceder a las medidas.

¿Puedo acogerme a las ayudas?

El Banco de España pone a disposición de los usuarios un simulador que permite comprobar a los titulares de una hipoteca si pueden acogerse al Código de Buenas Prácticas y qué medidas puede aplicar tu entidad. Una vez dentro del simulador, los datos relacionados –sobre la entidad, características de la hipoteca o la situación económica de la unidad familiar-.

En función de las respuestas, el simulador comprobará la elegibilidad. Es decir, si el titular puede beneficiarse de alguna de las medidas recogidas en el paquete de ayudas. Si es beneficiario, el simulador del Banco de España vuelve a pedir más datos para calcular el importe de la ayuda que puede recibir. En este caso, habrá que indicar el importe de las cuotas mensuales o el tiempo que queda por pagar el préstamo. El resultado son las opciones de reestructuración según el Código de Buenas Prácticas que están disponibles para cada caso.

Entre las condiciones que se exigen para beneficiarse del paquete de ayudas destacan las siguientes: que la garantía del préstamo hipotecario sea la vivienda habitual del deudor, que el precio de adquisición de la vivienda no supere los 300.000 euros y que se cumplan unos requisitos económicos, lo que la norma denomina umbral de exclusión.

¿Cuáles son las medidas?

Además, la entidad deberá estar adherida al Código de Buenas Prácticas. Es una acción voluntaria, pero quienes estén incluidas tienen la obligación de aplicar las medidas previstas. Una vez realizados los trámites, y si cumples las condiciones, tu entidad aplicará, por fases, las medidas recogidas en el Código de Buenas Prácticas.

En primer lugar, se intenta reestructurar la deuda. Esto implica fijar un nuevo plan de pagos con unas unas condiciones más favorables para el deudor. El Banco de España explica que “las condiciones del nuevo plan de pagos dependerán de cuánto se haya incrementado el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar y si concurre algún supuesto de especial vulnerabilidad”.

Si este paso no es posible, el banco ofrecerá -de forma voluntaria- una quita sobre el conjunto de su deuda. Es una reducción de la deuda pendiente que implica que el importe de las nuevas cuotas sea inferior al original. “Esta medida no es obligatoria para la entidad, que podrá aceptarla o rechazarla sin tener que motivar su decisión”, destacan desde el BdE.

No obstante, siempre tendrá que aplicar alguna de las dos opciones anteriores. Si no es así, el deudor podrá solicitar la dación en pago. Esta práctica consiste en la entrega al banco de la vivienda que garantiza el préstamo a cambio de dar por cancelada la deuda pendiente.

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