El juez avala la comisión de CaixaBank a no clientes para usar sus cajeros

  • Desestima la demanda que Adicae para reclamar que CaixaBank devolviese a los no clientes la comisión de dos euros  les cobró entre marzo y septiembre de 2015 por sacar dinero de su red de cajeros.

    Niega que fuese una práctica abusiva porque la normativa reconoce que la retirada de efectivo por un no cliente es un servicio que tiene un coste

Cajero de CaixaBank
Cajero de CaixaBank
L.I.

El Juzgado Mercantil 3 de Barcelona ha desestimado la demanda que Adicae presentó en octubre para reclamar que CaixaBank devolviese a los no clientes la comisión de dos euros que les cobró entre marzo y septiembre de 2015 por sacar dinero de su red de cajeros.

El fallo, de este mismo viernes y consultado por Europa Press, niega que fuese una práctica abusiva porque la

normativa reconoce que la retirada de efectivo por un no cliente es un servicio que tiene un coste, y también

reconoce a las entidades titulares de los cajeros "la facultad última de establecer el precio del servicio de retirada de efectivo para usuarios no clientes".

La asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros estimó en octubre el importe total cobrado entre marzo y septiembre en unos 16 millones de euros y lo consideraba ilegal porque se cobraba una doble comisión al usuario: por parte de la entidad del cajero y por la suya.

Un portavoz de Adicae explicó entonces a Europa Press que defendían que fue una "práctica abusiva" porque la ley impide cobrar dos comisiones por un mismo servicio, y señaló que 350.000 personas firmaron contra este recargo.

CaixaBank dejó de cobrar esta comisión a los usuarios el 3 de octubre, coincidiendo con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto ­ley que prohíbe repercutir al no cliente la comisión por usar el cajero, sino que se

debe aplicar a la entidad emisora de la tarjeta.

Así, la nueva normativa avala el modelo de que el dueño del cajero tiene derecho a cobrar por su uso, aunque

no al cliente final, sino a las otras entidades.

Hasta la aprobación del Real Decreto­ley, CaixaBank defendía la legalidad de este recargo, así como que era informado al usuario del cajero a través de la pantalla antes de aceptar sacar dinero.

Sobre este punto, Adicae argumentaba que la advertencia de la pantalla responde a la obligación legal del deber de información, pero no equivale a un consentimiento contractual.

Adicae ya ha anunciado que recurrirá la sentencia hasta instancias europeas si se preciso, y ha considerado

que la justicia "se basa en informes sesgados del Banco de España, comprobado defensor de la banca en contra de los usuarios".

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