Fiscalidad

¿Cómo declarar el cobro de dividendos en la declaración de la Renta 2022?

Las empresas pueden repartir dividendos en efectivo o a través de la entrega de más acciones. Su tratamiento fiscal en el IRPF varía en función de cómo se reciben.

Dinero y servicios bancarios
¿Cómo declarar el cobro de dividendos en la declaración de la Renta 2022?
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Los dividendos son la parte de los beneficios empresariales que las compañías deciden dividir entre sus accionistas. Una retribución que le corresponde por ser propietario de la empresa –le corresponde el porcentaje de acciones que posea-. Esto supone un rendimiento para el beneficiario y se deberá tributar por ellos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El pago por dividendos no siempre se realiza en una entrega única. Las empresas pueden decidir anticipar una parte y, una vez cerradas las cuentas anuales, pagar el dividendo complementario. Según el momento en el que se cobre el dividendo, se deberá tributar en el mismo año.

Solo en 2022, la bolsa española más de pagó 25.000 millones de euros en dividendos, según datos de Bolsas y Mercados Españoles (BME). Las empresas pueden pagar los dividendos de dos formas: en efectivo o a través de más acciones (dividendo flexible). Incluso, en muchas ocasiones, la propia compañía da a elegir a los accionistas entre ambas opciones. Según cuál sea la forma elegida, el tratamiento fiscal por el IRFP variará.

Dividendos en efectivo en la de la Renta 2022

Los dividendos en efectivo se incluyen en los rendimientos del capital mobiliario, incluidos, a su vez, en la base imponible del ahorro. Es importante saber que, al recibir el dividendo, el intermediario financiero que ejecuta la operación ya retiene un 19% del importe percibido a causa del IRPF. Desde la CNMV explican que “esta retención es un pago a cuenta del impuesto que habrá que liquidar cuando se haga la declaración del IRPF”.

Al ejecutar el pago, los intermediarios pueden aplicar comisiones u otro tipo de gastos. Estos se consideran deducibles en los rendimientos del capital mobiliario. No obstante, los “servicios de gestión discrecional e individualizada” están exentos de esta deducción.

Dividendos flexibles

Con el ‘script dividend’ o dividendo flexible la empresa no paga en efectivo, sino que retribuye a sus accionistas con un número -variará según cuántas acciones posean cada uno- de derechos de suscripción. Con este derecho el accionista puede decidir si ejecutarlo, recibir las acciones que le correspondan, o venderlo. Los derechos de suscripción también son negociables y se pueden vender o comprar en los mercados de valores. La elección del accionista, de nuevo, marcará el tratamiento fiscal.

De hecho, si el accionista decide mantener los derechos y ejecutarlos para obtener sus acciones, no tendrá que tributar por IRPF, ni se aplicará retención. Solo habrá que declarar cuando se vendan esas acciones, es decir se genere una ganancia o pérdida patrimonial.

Para calcular el valor de adquisición de estos títulos recibidos-necesario para calcular después la variación patrimonial- se considerará el mismo de las acciones que hayan generado el derecho de suscripción. Es decir, será el resultado de repartir el coste total entre el número de títulos, tanto los antiguos como los recibidos.

Por su parte, cuando se venden los derechos de suscripción en el mercado, el vendedor obtiene una ganancia patrimonial que se incluye en la base imponible del ahorro. Además, la CNMV destaca que esta ganancia patrimonial “así obtenida está sujeta a una retención del 19%”. La venta en el mercado –donde el valor es negociable- es diferente a la venta a un precio fijo. En este último caso tributará como si fuera un dividendo en efectivo. Se incluirá en la base del ahorro, pero en el apartado de los rendimientos del capital mobiliario.

Los tipos impositivos sobre la base del ahorro

Los dividendos se incluyen en la base imponible del ahorro junto a otras partidas. El resultado será la suma de las ganancias patrimoniales y los rendimientos inmobiliarios, sobre el que la Agencia Tributaria reconoce el derecho de compensación. Si el saldo de alguno de los dos bloques es negativo y el otro es positivo se puede compensar el negativo hasta un límite del 25% del positivo. Las pérdidas restantes también se pueden compensar en los cuatro años siguientes.

Una vez obtenida la base del ahorro se aplican los tipos impositivos. Actualmente, oscilan entre el 19 % y el 26 %. Estos porcentajes se aplican por tramos de forma progresiva sobre la base del ahorro. Los primeros 6.000 euros tributan por el 19 %. Lo que resta desde 6.000 hasta 50.000 euros, por un 21 %. De 50.000 euros a 200.000, la base tributa por un 23 %. Finalmente, por los ingresos que superan los 200.000 euros se tributa por el 26%.

Pero, además, para determinar el resultado de la liquidación del IRPF hay que tener en cuenta las retenciones practicadas para deducirlas. Así, si las retenciones son superiores a la cuota resultante a pagar, el inversor recibirá como resultado de la liquidación del IRPF el exceso retenido.

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