Competencia amplía el expediente a navieras que unen Península con Marruecos

  • La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha ampliado al servicio de transporte de carga el expediente sancionador abierto en marzo pasado a varias navieras que operan entre la Península y Marruecos por posibles prácticas contra la competencia en el servicio de transporte de pasajeros.

Madrid, 12 dic.- La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha ampliado al servicio de transporte de carga el expediente sancionador abierto en marzo pasado a varias navieras que operan entre la Península y Marruecos por posibles prácticas contra la competencia en el servicio de transporte de pasajeros.

La CNC ha informado hoy, en un comunicado, de que continúa la investigación que lleva a cabo en dicho expediente sancionador, ampliándola a un posible acuerdo de reparto del mercado y fijación de los precios y las condiciones comerciales en el servicio de transporte marítimo de carga.

Las empresas expedientadas son Trasmediterránea, Europa Ferrys, Cenargo España, Ferrimaroc, Balearia Eurolíneas Marítimas, Euromaroc 2000, Förde Reederei Seetouristik Iberia (FRS Iberia), Förde Reederei Seetouristik Maroc (FRS Maroc), International Maritime Transport Corporation, Compagnie Maritime Marocco-Norvegiènne (COMARIT), Líneas Marítimas Europeas, Comanav Ferry, CMA-CGM y COMANAV.

En el marco de la instrucción del expediente referente al servicio de transporte de pasajeros y vehículos en régimen de pasaje entre la Península y Marruecos, la dirección de Investigación ha tenido acceso a determinados documentos recabados en el transcurso de las inspecciones realizadas por la CNC el 25 de mayo de 2011 en las sedes de diversas navieras.

De ellas puede deducirse la existencia de indicios racionales de una infracción, consistente en una conducta colusoria de reparto de mercado y de fijación de condiciones comerciales y de servicio, en el sector del transporte marítimo de carga entre la Península y Marruecos, por lo que la CNC ha ampliado ahora la incoación del expediente original a esta nueva conducta.

La CNC recuerda que la ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, manteniéndose vigente el período máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial (el 15 de marzo de 2011) para la instrucción y resolución de este expediente.

Mostrar comentarios