Madrid, 7 oct.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que reduce el límite máximo de contenido en azufre en el gasóleo B, el utilizado en la navegación (pesca, navegación interior y embarcaciones de recreo), vehículos ferroviarios y maquinaria agrícola y forestal, a 10 miligramos por kilogramo.
El 1 de enero de 2012 se comenzarán a aplicar las nuevas especificaciones de contenido de azufre para todos los usos del gasóleo B, excepto el empleado en pesca, que no estará sujeto a los nuevos límites de contenido en azufre fijados.
No obstante, se ha establecido un plazo de seis meses en los que se podrá continuar utilizado gasóleo que tenga más azufre del fijado como techo en la nueva normativa con el objetivo de dar salida a los "stocks" que hay acumulados.
El Real Decreto aprobado hoy por el Gobierno adapta a la legislación española la normativa europea sobre la materia.
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