Prestación contributiva

Estoy cobrando el paro: ¿pierdo la prestación si no acepto un trabajo?

Entre los requisitos de la prestación por desempleo, se incluye estar disponible para buscar activamente trabajo así como aceptar un puesto de trabajo adecuado. En caso contrario, el desempleado puede perder la prestación.

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¿Qué pasa si no me presento a una oferta de empleo mientras cobro el paro?
Tapanakorn a través de Canva

El paro –la prestación contributiva por desempleo- se puede solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo responsable del sistema de protección por desempleo a través de su sede electrónica, en la oficina de prestaciones –con cita previa o por teléfono-, en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo. Si eres beneficiario de esta ayuda, debes saber que hay una serie de requisitos, como la de aceptar trabajo adecuado, que tienes que cumplir si no quieres perderla.

El trabajador tiene un plazo de 15 días desde su último día de trabajo para presentar la solicitud. No obstante, es posible presentar la solicitud fuera del plazo de 15 días. El SEPE reconoce el derecho a que se apruebe a partir de la fecha de solicitud, aunque el trabajador perderá "tantos días de prestación como hayan pasado entre la fecha en que se le hubiera aprobado dicha prestación, de haberla solicitado dentro del plazo, y la fecha en que la ha presentado". Es decir, no tiene efecto retroactivo.

Una vez presentada la solicitud, el SEPE la analizará y la aprobará siempre que se cumplan los requisitos. En concreto, se exige haber cotizado durante al menos un año -360 días- a la Seguridad Social. Y, además, la persona deberá estar en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. Estos requisitos se deberán mantener mientras el trabajador se mantenga como beneficiario del paro.

Infracción grave que conlleva la pérdida del paro

A través del paro se busca dar protección al trabajador mientras se encuentre desempleado, pero el objetivo siempre debe ser encontrar trabajo y el beneficiario se compromete a ello. De hecho, asume un compromiso de aceptar colocaciones adecuadas y participar en acciones que aumenten sus posibilidades de colocación.

Así, rechazar una oferta de empleo adecuada, tanto si es ofrecida por los servicios públicos de empleo, como por las agencias de colocación -cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de la colaboración con aquellos-, salvo causa justificada, puede tener sanción por infracción grave. En ese sentido, el SEPE apunta que “estar estudiando o tener hijos o hijas menores no son causas que justifiquen el rechazo de ofertas de empleo o cursos de formación”.

Las consecuencias de una infracción grave puede ser la extinción del paro. En concreto, se aplica la siguiente escala: por la primera infracción, el beneficiario perderá tres meses de prestación; por la segunda infracción, seis meses; y a la tercera infracción, el SEPE ya procederá a la extinción de la prestación.

Hay que tener en cuenta que no acudir a una oferta de empleo cobrando el paro supone una infracción grave. No obstante, se aplicará la escala anterior a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción y cuando entre una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días. Es decir, "no siempre tiene que ser un rechazo de oferta, sino que puede ser otra de las infracciones graves", destacan desde el SEPE.

Además de rechazar una oferta de empleo, el SEPE también considera como infracción grave no comunicar la baja en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones que den lugar a la suspensión o extinción del derecho a la prestación, o si se dejan de reunir los requisitos. También se incluye como infracción grave negarse a participar en los trabajos de colaboración social o en programas de empleo.

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