Gobierno concede ayudas de 950.000 euros por parada de la flota mediterránea

  • El Gobierno concederá ayudas por importe de 950.000 euros a los propietarios y tripulantes de barcos de palangre de superficie del mar Mediterráneo, afectados por la paralización temporal obligatoria de actividad, aunque esta partida podría aumentar, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Madrid, 21 may.- El Gobierno concederá ayudas por importe de 950.000 euros a los propietarios y tripulantes de barcos de palangre de superficie del mar Mediterráneo, afectados por la paralización temporal obligatoria de actividad, aunque esta partida podría aumentar, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las compensaciones para los armadores tendrán una cuantía máxima de 500.000 euros, pero, si hubiera presupuestos disponibles y fuera necesario, podrían llegar a los 700.000, mientras que la ayudas a los tripulantes ascenderán a 450.674 euros, aunque podrían aumentarse en 150.000 euros más por remanentes de otros ejercicios.

Para los tripulantes, se abonarán 37,45 euros por día de parada, hasta un máximo de 61 días, mientras que en el caso de los propietarios la indemnización varía según la categoría y el tonelaje del buque, pero se garantiza un pago mínimo de 100 euros diarios.

Con esta decisión, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente trata de compensar las vedas temporales en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.

Estos apoyos estarán cofinanciados con dotaciones del Fondo Europeo de la Pesca (FEP).

Beneficiarán a la flota afectada por la paralización de actividad que no perciba ayuda de su comunidad autónoma.

Los buques que dejaron de faenar entre el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011 ambos incluidos, tendrán derecho a una ayuda máxima de 43 días, correspondientes sólo a los días hábiles de faena de una parada máxima de 61 días.

Pero los barcos de palangre de superficie y sus trabajadores, que durante ese parón faenaron en el Atlántico Norte o cambiaron a otra modalidad, deberán acreditar haber dejado de trabajar al menos 30 ó 31 días, de forma continuada para tener derecho al cobro de un máximo de 22 días.

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