Gobierno regula las organizaciones de productores hortofrutícolas y de tabaco

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, dos Reales Decretos relativos al reconocimiento de organizaciones de productores en el sector agrario de frutas y hortalizas y de tabaco.

Madrid, 21 nov.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, dos Reales Decretos relativos al reconocimiento de organizaciones de productores en el sector agrario de frutas y hortalizas y de tabaco.

Según ha indicado el Ministerio en un comunicado, por una parte se ha modificado el Real Decreto que regula el reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, para adaptarlo a los últimos cambios recogidos en la normativa de la Unión Europea en el marco de la reforma de la Política Agraria Común (PAC).

Las nuevas disposiciones tienen como objetivo otorgar una mayor seguridad jurídica, tanto a las administraciones como a las organizaciones de productores, en base a la experiencia adquirida en las auditorías que controlan el buen funcionamiento del régimen de ayudas de la Unión Europa a estas organizaciones.

Los principales cambios se refieren a su funcionamiento interno, a la posibilidad de externalizar actividades a empresas terceras y a la manera de realizar el cómputo del número mínimo de socios de una organización.

Además, con el fin de incrementar el grado de asociacionismo en España se les permite que reduzcan el periodo mínimo de adhesión de sus socios de tres a un año, de forma que un productor pueda experimentar desde dentro el funcionamiento de una Organización de Productores sin tener la obligación de permanecer durante un trienio en ella.

Se modifican también algunas normas relativas a los programas operativos para permitir que las asociaciones de organizaciones de productores puedan tener fondo operativo propio, lo que supone un avance y una simplificación, ya que hasta ahora dependían de los fondos operativos de sus organizaciones de productores miembros.

En cuanto al sector del tabaco crudo, el Real Decreto aprobado, además de regular el reconocimiento de sus Organizaciones de Productores, establece la posibilidad de extender las normas concertadas y la obligación de suscribir contratos por escrito para las entregas de tabaco crudo, todo ello de acuerdo con la nueva Organización Común de Mercados Agrarios (OCMA).

Le dota, asimismo, de la posibilidad de extender las decisiones o prácticas pactadas, dentro de una Organización de Productores que sea representativa, de forma que sean obligatorias para otros operadores individuales.

A juicio del Ministerio, esta herramienta resulta de gran utilidad para la adaptación de la oferta a la demanda, en cantidad y calidad.

Por otra parte, la contratación obligatoria por escrito de todas las entregas de tabaco crudo que se realicen entre la producción primaria y la primera transformación, confiere seguridad jurídica al productor.

En su opinión, este aspecto resulta especialmente oportuno en un cultivo tan exigente como el del tabaco, en que el agricultor asume un importante riesgo empresarial.

Para el Magrama, este sector se caracteriza por disponer de un fuerte entramado organizativo que ha ido forjándose a lo largo de los años sobre la base de las ayudas directas de las que ha sido beneficiario.

En la actualidad, ya operan en España 8 agrupaciones de productores reconocidas en virtud de la normativa nacional, con la entrada en vigor de las disposiciones de la OCMA, se hacía preciso adaptar esas figuras asociativas.

Por ello, el Real Decreto hoy aprobado establece la conversión de las agrupaciones de productores en Organizaciones de Productores y recoge disposiciones en materia de información sobre el sector, el cultivo y el mercado del tabaco, según lo exigido por el Reglamento comunitario de comunicación de información sobre este producto.

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