Las aseguradoras podrán computar los activos de la Sareb para sus provisiones

  • Las entidades aseguradoras que han participado en la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) podrán computar los activos emitidos por esta para cubrir sus provisiones técnicas.

Madrid, 2 feb.- Las entidades aseguradoras que han participado en la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) podrán computar los activos emitidos por esta para cubrir sus provisiones técnicas.

Esta disposición, incluida en un real decreto sobre el sistema eléctrico aprobado ayer por el Gobierno y publicado hoy en el BOE, pretende abordar la regulación de la cuestión para facilitar la formulación de las cuentas anuales de las aseguradoras correspondientes al pasado año.

El documento señala que las aseguradoras podrán utilizar los activos de la Sareb para cubrir hasta un 3 % de sus provisiones técnicas.

Además, añade que las plusvalías y minusvalías que se produzcan en estos activos antes de su venta no afectarán al margen de solvencia de las aseguradoras, independientemente de que estén o no contabilizadas.

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