Las empresas de transporte de viajeros podrán prestar servicios conjuntamente

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Decreto que añade un artículo al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, por el que se permitirá la explotación conjunta de los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera por dos o más operadores.

Madrid, 14 oct.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Decreto que añade un artículo al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, por el que se permitirá la explotación conjunta de los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera por dos o más operadores.

El Gobierno explica que con esta decisión se abre la posibilidad de ofrecer más alternativas de destinos, itinerarios, conexiones y frecuencias con un menor coste.

La norma permitirá que, cuando se necesita reforzar un servicio determinado, los concesionarios puedan utilizar vehículos no adscritos a su concesión, ya sean suyos o de otros transportistas.

Igualmente el mismo vehículo podrá realizar conjuntamente los itinerarios de dos o más concesiones de transporte regular, para lo que deberán presentar puntos de contacto sin solución de continuidad.

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