Los registradores pronostican un "efecto cascada" de eliminación de las cláusulas suelo


El Colegio de los Registradores de la Propiedad pronosticó este jueves que la sentencia del Tribunal Supremo que declara nulas las cláusulas suelo de varias entidades financieras, entre ellas las de BBVA y Cajamar, “producirá un efecto cascada” en el resto de entidades bancarias.
En rueda de prensa, Vicente Carbonell, director del servicio de coordinación de oficinas liquidadoras del colegio de Registradores de la Propiedad, dijo que este tipo de cláusulas existen entre un 80% y un 90% en la cartera hipotecaria de las entidades.
Por otra parte, Carbonell hizo hincapié en que si el Tribunal Supremo ha declarado nulas las cláusulas suelo, no será necesario actualizar los registros de la propiedad. En este sentido, también se refirió a la falta de retroactividad dispuesta en la sentencia, “lo pagado, pagado está”, sentenció.
A su juicio, la creación de las cláusulas suelo estaban excusadas en las cláusulas techo cuando se comenzaron a aplicar tipos de interés variable en las hipotecas. En este sentido, calificó este hecho como “una mentira lesiva para el consumidor” por parte de las entidades, si bien admitió que es una práctica estandarizada en la Unión Europea.
Al acto también acudió la directora de relaciones institucionales del Colegio de Registradores de la Propiedad, María José Pérez, quien afirmó que “un juzgado siempre pensará que una empresa tendrá mejor asesoramiento”, por lo que descartó futuras aplicaciones favorables de la sentencia en el ámbito empresarial.
LEY HIPOTECARIA
Carbonell hizo un balance de la Ley Hipotecaria, a la que califica de “bien intencionada” pero apuntó que “su aplicación será muy difícil”. En este sentido, hizo hincapié en que “si hay fórmulas sin instrumentalizar, se quedan en bienintencionadas”.
Como ejemplo, citó los casos en los que el banco deberá destinar la mitad de la plusvalía por la venta de la vivienda adjudicada a reducir el pago pendiente del deudor hipotecario y, por otra parte, la quita de entre un 20% y un 35% de la deuda si se liquida en un plazo menor de 5 y 10 años, respectivamente. En este último caso, Carbonell sentenció que se está hablando de un margen “muy largo”.
A su juicio, los intereses de demora “podrían haberse reducido más”, ya que la ley pasó a fijarlos a un máximo de tres veces el tipo de interés, si bien afirmó que las cuotas anteriores eran “brutales”.
Por último, también tildó de “poco útil” la obligación de incluir cláusulas manuscritas en los contratos hipotecarios, ya que este hecho “no garantiza que el conocimiento sea mayor”.
En este sentido, afirmó que el usuario siempre va a estar en una posición “desvalida”, si bien ha defendido la labor de los registradores de la propiedad en este sentido, ya que “evitan” estos abusos dentro de su ámbito de jurisprudencia.

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