La normativa europea determina que los estados miembros del bloque deben exonerar del impuesto al valor agregado (IVA) a todas "las divisas, billetes bancarios y monedas usados como medios legales de pago".
El fallo dio satisfacción a un ciudadano sueco que quería ofrecer un servicio de cambio de divisas tradicionales por bitcoins, frente a la autoridad fiscal sueca que quería aplicar el IVA en esas transacciones.
El tribunal con sede en Luxemburgo, decidió finalmente que "esas operaciones están exentas de IVA, en aplicación de las disposiciones relativas a las operaciones con divisas, billetes de banco y monedas usadas como medios legales de pago".
Los bitcoins no son emitidos por ningún banco central, pero son aceptados como medios de pago por empresas o particulares.
Los partidarios de su utilización la consideran como un medio eficaz y anónimo de transferir fondos, pero las autoridades reguladores subrayan los peligros de un sistema opaco y volátil.
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