Rsc. La responsabilidad social se sienta en los consejos de administración


La nueva Ley de Sociedades de Capital, que entró en vigor a finales del pasado mes de diciembre, establece que una de las competencias indelegables de los consejos de administración es la referente a la responsabilidad social corporativa.
De esta forma, el nuevo Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas de la CNMV introduce una recomendación por la que se considera que dada la relevancia de las cuestiones relativas al gobierno corporativo y la RSC, “se recomienda la identificación y atribución de funciones específicas en esta materia a una comisión especializada”.
El Código puntualiza que esta comisión podrá ser la de auditoría, la comisión de nombramientos “o una comisión ad hoc de gobierno corporativo y responsabilidad social”, con el objetivo de impulsar una gestión de estos asuntos más intensa y comprometida.
La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, remarcó durante la presentación del nuevo Código la novedad que supone la integración de recomendaciones que hacen referencia a la responsabilidad social corporativa, y aseguró que “todos tenemos que pensar en la sociedad y no en nosotros mismos”.
Hay cuatro recomendaciones que hacen referencia a la RSC y un principio específico. El regulador considera que la importancia de la responsabilidad social es una realidad cada vez más asentada, tanto en España como en su entorno, que exige una adecuada atención por parte de los sistemas de gobierno corporativo. Esto queda de manifiesto en el principio veinticuatro, donde se afirma que la sociedad promoverá una política adecuada de RSC, ofreciendo de forma trasparente información suficiente sobre su desarrollo y resultados.
En la recomendación sexta, dentro del apartado a las juntas generales de accionistas, se recomienda que las empresas cotizadas elaboren el informe de RSC, y que sea publicado en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria.
Dentro de la estructura del consejo, la recomendación quincuagésimo tercera, que hace referencia a la creación de una comisión específica, establece que la misma deberá revisar la política de responsabilidad social corporativa de la sociedad, velando por que se oriente hacia la creación de valor. También llevará a cabo el seguimiento de la estrategia y prácticas de RSC y la evaluación de todo lo relativo a los riesgos no financieros, así como la coordinación del proceso de reporte de información no financiera y diversidad.
Además, la recomendación quincuagésimo cuarta recomienda que la política de responsabilidad social debe identificar distintos elementos, como los objetivos, las prácticas con los grupos de interés, los métodos de seguimiento, los mecanismos de revisión y las prácticas de comunicación responsable.
Por último, se establece que el informe sobre los asuntos relacionados con la responsabilidad social corporativa debe realizarse utilizando algunas de las metodologías aceptadas internacionalmente.

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