USCA sorprendido de que Audiencia Nacional diga hubo plante de controladores

  • El sindicato de controladores USCA ha expresado su "sorpresa" por la sentencia de la Audiencia Nacional que rechaza la responsabilidad patrimonial del Estado por el cierre del espacio aéreo en diciembre de 2010 al asegurar que actúo "en aras de la seguridad" ante el plante de los controladores.

Madrid, 18 abr.- El sindicato de controladores USCA ha expresado su "sorpresa" por la sentencia de la Audiencia Nacional que rechaza la responsabilidad patrimonial del Estado por el cierre del espacio aéreo en diciembre de 2010 al asegurar que actúo "en aras de la seguridad" ante el plante de los controladores.

En un comunicado, el sindicato señala que es una sentencia dictada por un tribunal contencioso administrativo en un proceso en el que sólo se discute la posible responsabilidad de Aena por funcionamiento anormal de un servicio público, en el que los controladores no son parte.

Por ello, USCA resalta que los controladores no han podido alegar, ni probar ninguna circunstancia relativa al hecho y cree que la Audiencia Nacional "ha resuelto con base en un material probatorio muy limitado" y recuerda que su jurisdicción "no tiene como objeto investigar las causas del cierre del espacio aéreo", ya que eso corresponde a un tribunal penal.

En este sentido, el sindicato de controladores estima que la sentencia de la Audiencia Nacional "no produce efecto alguno en el proceso penal, que precisamente está profundizando e investigando las causas del cierre del espacio aéreo", por lo que considera que "es un fallo inocuo para los controladores".

La sentencia de la Audiencia Nacional, que fue notificada ayer y contra la que no cabe recurso, excluye la responsabilidad del Estado, a través de Aena, ya que considera que la empresa pública se vio "ante una situación imprevisible, insuperable e irresistible a corto y medio plazo" tras el concierto de los controladores para abandonar sus puestos de trabajo, hecho al que se refiere como "huelga salvaje".

Esta resolución es la primera que dicta la sala sobre este asunto y fija el criterio para las más de 7.000 demandas similares en tramitación en los doce juzgados centrales de lo contencioso al desestimar el recurso de una agencia de viajes contra una resolución en el mismo sentido dictada por uno de ellos.

En concreto, este recurso fue interpuesto por Viatges Panorama Cultural, que había solicitado una indemnización de 35.757,52 euros por los daños morales y materiales derivados de la decisión de cerrar el espacio aéreo tomada por el gestor público aeroportuario en el puente de la Constitución de 2010.

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