EL FROB ASEGURA QUE SU ACTUACIÓN EN LA VENTA DE ENTIDADES RESCATADAS SE ADECUÓ A LA NORMATIVA

- Sostiene que la estrategia ha sido "maximizar el precio de venta" y el retorno de ayudas públicas. El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) defendió hoy que todas las operaciones llevadas a cabo por el organismo en materia de ayudas públicas a la banca y venta de entidades se "adecuaron" a la normativa aplicable.
En un comunicado, el Frob respondía este miércoles así al informe hecho público por el Tribunal de Cuentas que criticaba algunos aspectos de la gestión llevada a cabo por el organismo.
El Frob señala que en el propio informe se pone de manifiesto que las actuaciones emprendidas por las autoridades implicadas "se adecuaron debidamente a la normativa aplicable".
En cuanto a la repercusión a las entidades de los gastos en que el Frob ha incurrido en la tramitación de los procesos de reestructuración y resolución, el informe manifiesta que "la interpretación de la norma en este punto por parte del Frob ha sido restrictiva".
Reconoce, no obstante, que se han solicitado con carácter previo a su aplicación los informes y dictámenes jurídicos oportunos, incluido el de la Abogacía General del Estado, para justificar la actuación del Frob en este punto.
"De modo que no cabe duda de que, tras los informes favorables recabados al efecto, la interpretación realizada por el Frob ha sido conforme a derecho", incide el Frob.
Por otra parte, en relación con la crítica por parte del Tribunal de Cuentas sobre la ausencia de una contabilidad analítica, el Frob explica que esta circunstancia no impide "obtener y conocer los importes de los recursos empleados o comprometidos en el proceso de reestructuración".
No obstante, la realización de esta contabilidad analítica, siendo un procedimiento asumido internamente por el Frob, no está exigida por ninguna norma legal "ni su ausencia ha impedido la adecuada rendición de cuentas del Frob", si bien constituye una recomendación del informe que el Frob "adoptará inmediatamente".
PROCEDIMIENTO COMPETITIVO
El Frob señala además que la normativa de resolución establece que la venta de las entidades se sustancie a través de un procedimiento "competitivo, transparente y no discriminatorio".
Así, según la institución, todos los procedimientos tramitados por Frob, "con independencia de sus singularidades operativas, han pivotado sobre dos ejes comunes". Uno, la "completa neutralidad e igualdad de oportunidades", y, otro, la búsqueda "en todo momento de la estrategia más adecuada para maximizar el precio de venta y, por tanto, el retorno de ayudas públicas".
"Estas condiciones han sido cuidadosamente observadas en los procesos de desinversión, sin que en este punto se haya recibido reproche alguno del Tribunal de Cuentas", sostiene el Frob.
En lo que respecta a la ausencia de unas reglas básicas aplicables a las ventas de entidades y criterios financieros, fiscales y de oportunidad para valorar el coste de las distintas alternativas en los procesos de venta, "cabe señalar que esta recomendación del Tribunal de Cuentas no constituye una exigencia legal".
Por tanto, se trata de una "apreciación procedimental" derivada de la utilización por el propio Frob de tales instrumentos formales en algunos procesos (NCG y CX) y no en otros.
"A estos efectos, el FROB ha venido considerando que las diferentes características de las entidades y de las circunstancias que rodean a los procesos de venta dificultarían la aprobación de un documento general de reglas aplicables a todos ellos. Por ello, se ha optado por un sistema de actuación más específica adaptado a cada supuesto", finaliza el Frob.

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