Aprobado el proyecto de Ley de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico

  • También recibe el visto bueno la reforma de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón
EUROPA PRESS

El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno al proyecto de Ley de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón con el objetivo de adaptar la normativa de la Comunidad a la legislación básica del Estado.

Así lo ha explicado el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, en el que también se ha dado el visto bueno a la modificación de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón. Las dos reformas se enviarán a las Cortes autonómicas para su tramitación.

Según ha explicado Guillén, la primera quiere adaptarse a la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas aprobadas en 2015, pero en vigor desde el pasado 1 de octubre.

El proyecto de ley deroga el actual Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de 2001, y modifica el Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Aragón, de diciembre de 2013, así como el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón del año 2000.

Su objetivo es determinar el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad, incorporando las especialidades del procedimiento administrativo que le son propias, así como los principios de responsabilidad patrimonial y potestad sancionadora. Por otro lado, configura de manera precisa el marco organizativo y de funcionamiento de la Administración autonómica y de su sector público institucional.

Además, regula "de forma más clara y ordenada" del sector público autonómico al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 31.2 de la Constitución, que indica que el gasto público realice una asignación equitativa de los recursos públicos. También el artículo 135 de la Carta Magna establece que todas las Administraciones públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

A LA VANGUARDIA

El Gobierno de Aragón ha asegurado que este proyecto de ley sitúa a la Comunidad "a la vanguardia" en la adaptación de sus normativas a las nuevas leyes estatales de Procedimiento Administrativo y de Régimen Jurídico del Sector Público, "concebidas para acabar con las duplicidades e ineficiencias atribuidas a las Administraciones españolas".

Ambas leyes estatales establecían un periodo de un año para la adecuación de las normas autonómicas o locales, periodo que concluye el próximo mes de octubre.

La futura ley aragonesa también se hace necesaria "por el gran cambio experimentado" por la Administración autonómica como consecuencia de la mayor complejidad de la gestión pública y de las nuevas exigencias ciudadanas y por eso se incide en la "participación ciudadana y la transparencia", ha detallado Guillén.

Igualmente, la futura ley impulsa la Administración electrónica y dedica un capítulo al funcionamiento electrónico del sector público, bajo los principios de interoperabilidad y neutralidad tecnológica, así como con las garantías de seguridad.

Asimismo, se garantizará la relación de los ciudadanos con la administración autonómica a través de medios electrónicos y el derecho a ejercer esta relación a través de un punto de acceso general electrónico, junto a otros derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos de carácter personal ya recogidos en otras normas.

Otra de las novedades son la creación de un registro de entes de la Comunidad Autónoma integrantes del sector público o que participen en él: organismos autónomos, entidades de derecho público, sociedades mercantiles autonómicas, consorcios, fundaciones y universidades públicas.

Asimismo, el sector público autonómico se someterá, a través de los planes de actuación y los planes anuales que se elaboren junto a los Presupuestos, a un control de eficacia por el departamento al que esté adscrito el ente o por la entidad de gestión, en el caso de las sociedades mercantiles autonómicas. El objetivo es el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y participará la Intervención General de la Comunidad Autónoma.

LEY PRESIDENTE

Por lo que se refiere a la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón se modifica el Título VIII, introduciendo la obligación de revisar periódicamente la normativa en vigor para someterla a evaluación conforme a los principios de buena regulación.

Una de las novedades que se introduce es la obligación de las Administraciones públicas de aprobar y publicar un Plan Anual Normativo antes del 30 de abril de cada año y la introducción de nuevos trámites como la realización, con carácter previo a la elaboración de la norma, de una consulta pública, con objeto de recabar la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectadas es otra de las novedades.

Las mayores novedades se incluyen el Capítulo IV, que unifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales e incorpora una tramitación de urgencia para las iniciativas normativas y disposiciones reglamentarias, con la reducción a la mitad de sus plazos, en cuyo caso no es preceptiva la consulta previa.

La iniciativa legislativa deberá ir acompañada de una memoria justificativa, así como de una memoria económica cuando la norma implique un incremento de gasto o una reducción de ingresos. Se exige también un periodo de información pública y audiencia para las disposiciones normativas que afecten a derechos e intereses legítimos de las personas a lo haya decidido el Gobierno en la ronda de conocimiento de conocimiento de los anteproyectos de ley.

Una vez cumplidos todos los trámites, se elevará a su aprobación por el Gobierno y se remitirá a las Cortes. Se introduce como novedad la posibilidad de remitir el mismo proyecto a las Cortes, si así lo considera oportuno el Gobierno de Aragón, previo informe del servicios jurídicos y de la Secretaría General Técnica correspondiente.

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