El TSJCV confirma así la sentencia de la Audiencia de Valencia dictada en el mes de octubre de 2015, tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, que halló al acusado culpable de un delito de amenazas condicionales y de una falta de maltrato de obra, según ha informado el Tribunal Superior en un comunicado.
Los hechos sucedieron en el mes de julio de 2002, en un pub de la ciudad de Valencia, cuando el acusado le reclamó a uno de los clientes del pub que le devolviera un dinero que, según él, le debía.
Posteriormente, el condenado le dio un bofetón y le pidió su número de teléfono. A partir de ese momento, el agredido recibió llamadas del procesado en las que le exigía que le entregase los 1.000 euros que le debía y en las que le amenazaba con agredirle y con "ir a por su hija".
El amenazado denunció los hechos en la comisaría de la Policía Nacional, y mientras estaba en esas dependencias recibió otra llamada del procesado, quien le recriminaba no haber acudido a una cita para entregarle el dinero.
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