Detenido por circular al doble de la velocidad permitida, sin carné y cuadruplicar la tasa de alcohol

Detenido por circular al doble de la velocidad permitida, sin carné y cuadruplicar la tasa de alcohol
Detenido por circular al doble de la velocidad permitida, sin carné y cuadruplicar la tasa de alcohol
EUROPA PRESS
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Esta actuación está enmarcada en el plan mensual de vigilancia establecido con la Jefatura Provincial de Tráfico en respuesta a la Estrategia de Seguridad Vial de la DGT para el decenio 2011-2020.

Los hechos se produjeron cuando una patrulla del Sector de Tráfico de Murcia, de la Benemérita, que se encontraba realizando una inspección de velocidad con radar móvil, a la altura del kilómetro 9,800 de la carretera N-344 (Almería a Valencia por Yecla), interceptó a un vehículo que circulaba a 97 kilómetros por hora, en un tramo limitado con señalización específica a 50.

Tras detener el turismo, los guardias civiles identificaron a su conductor, que presentaba claros síntomas de haber consumido sustancias incompatibles con la conducción, por lo que fue sometido a sendas pruebas de alcoholemia en las que arrojó un resultado de 1,08 y 1,00 mg/l. de aire espirado, cuadriplicando con estos resultados la tasa máxima permitida de 0,25 mg/l.

El conductor, además, tenía suspendido temporalmente el permiso de conducir hasta finales de junio de 2017 por resolución judicial del Juzgado de lo Penal número 5 de los de Murcia.

Por estos hechos se procedió a su detención como presunto autor de delito contra la seguridad vial por conducir con una tasa de alcohol superior a 0,6 mg/l. y hacerlo con el permiso de conducir suspendido.

El arrestado y las diligencias instruidas fueron puestos a disposición del Juzgado de Instrucción número 3 de los de Molina de Segura, para la celebración del correspondiente juicio rápido.

Además, por circular a 97 kilómetros/hora en un tramo limitado por señalización específica a 50, el conductor ha sido denunciado ante la Jefatura Provincial de Murcia y se enfrenta a la imposición de una sanción de 500 euros y la pérdida de 6 puntos de su permiso de conducción, detracción de puntos que se hará efectiva cuando cumpla la pena de retirada dictada por la autoridad judicial.

Al arrestado le constan otras tres retiradas temporales del permiso de conducir por resolución judicial y en 2010 fue detenido por conducir teniendo el permiso de conducir suspendido.

La Benemérita, sin perjuicio de las campañas específicas de control de velocidad establecidas anualmente por la Dirección General de Tráfico, recuerda que la actividad de control de la velocidad se desarrolla durante las 24 horas del día, en especial en aquellos tramos y puntos de carretera que por sus especiales características llevan implícito un riesgo de accidentalidad o son propensos para la comisión de este tipo de infracciones, apelando a los conductores para que se conciencien de la importancia de respetar las limitaciones de velocidad establecidas, por su propia seguridad y la del resto de usuarios de la vía.

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