INVESTIDURA. ARRANCA EL PLAZO DE DOS MESES PARA CONVOCAR NUEVAS ELECCIONES SI NO HAY INVESTIDURA

- El Congreso celebrará este viernes una segunda votación de la investidura de Mariano Rajoy, previsiblemente también fallida. Con el rechazo al líder del PP, Mariano Rajoy, en la primera votación del debate de investidura en el Congreso de los Diputados, comienza a correr el plazo de dos meses que la Constitución establece para disolver las Cortes Generales y convocar nuevas elecciones si no hay nuevo presidente del Gobierno.
El Pleno del Congreso de los Diputados rechazó este miércoles la investidura de Rajoy con 170 votos a favor y 180 en contra. En esta primera votación, la Constitución exige mayoría absoluta para ser elegido, por lo que es necesario el apoyo de al menos 176 de los 350 diputados.
Una vez constatado el rechazo a la candidatura de Rajoy, la presidenta del Congreso, Ana Pastor, convocó un nuevo Pleno para el viernes por la tarde para votar más o menos 48 horas después, como mandata la Constitución en su artículo 99.3.
El Pleno ha sido convocado a las 19 horas para dar algo más de una hora al debate previsto, en el que de nuevo intervendrá el candidato, Mariano Rajoy, y los portavoces de las distintas formaciones tendrán también un breve turno de palabra de diez minutos. La votación será a partir de las 20.05, cuando se cumplan 48 horas de la primera.
En esa segunda votación basta la mayoría simple (más votos a favor que en contra al margen del número de abstenciones) para sacar adelante la investidura, pero todo indica que el resultado será idéntico al de este miércoles.
Los dos meses de plazo que la Constitución establece para convocar las elecciones en caso de que ningún candidato consiga la confianza del Congreso de los Diputados comienzan a contar al día siguiente de la primera votación, es decir, este jueves.
Según establece el artículo 99.5 de la Constitución, si expirado ese plazo ningún candidato hubiera obtenido la confianza del Congreso de los Diputados, el Rey disolverá las Cortes Generales y convocará elecciones con el refrendo del presidente del Congreso.
Esas elecciones se convocan con un margen de 54 días hasta su celebración, de forma que, en caso de que finalmente se repitieran, se celebrarían el 25 de diciembre, día de Navidad.

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