Junta permite incorporar nuevo personal al sector público en 2017 pero sigue descartando contratar laborales o interinos

EUROPA PRESS
EUROPA PRESS

El apartado relativo a la Oferta de Empleo Público (OPE) del presupuesto, consultado por Europa Press, mantiene la línea del último ejercicio, que abría la puerta a la entrada de nuevo personal en el sector público andaluz cerrada en 2014 y 2015, y permite su incorporación "hasta un máximo del cien por cien de la tasa de reposición, en los sectores y administraciones determinados en la legislación básica del Estado", mientras que para el resto de sectores se reduce a un "máximo del 50 por ciento".

En el caso de las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, consorcios y fundaciones, el presupuesto establece que "la tasa de reposición del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía únicamente procederá en los sectores determinados como prioritarios y será como máximo del 50%", aunque deja fuera de esta regulación "a las entidades sanitarias, a prestadoras de asistencia directa a usuarios de servicios sociales y a las que tengan la condición de agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación".

No obstante, la Junta precisa que estas disposiciones "no serán de aplicación a la incorporación de nuevo personal que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, ni al Parlamento de Andalucía y las instituciones que de él dependan".

Junto a ello, el presupuesto también determina que la tasa de reposición correspondiente a "uno o varios sectores prioritarios podrá acumularse en uno u otro de los citados sectores o, dentro de los mismos, en aquellos cuerpos, especialidades o escalas cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de servicios públicos esenciales".

La presidenta de la Junta, Susana Díaz, ya avanzó en el último Debate sobre el Estado de la Comunidad la convocatoria de un total de 5.500 plazas de empleo público en 2017, entre ellas 2.500 para profesionales sanitarios y otras 2.300 para educativos.

NO A NUEVO PERSONAL LABORAL TEMPORAL O INTERINO

Por el contrario, respecto a la contratación de personal temporal o el nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionario interino, el presupuesto para 2017 vuelve a establecer que "no se procederá" en el sector público andaluz "salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales".

A estos efectos tendrán dicha consideración "los sectores, funciones y categorías profesionales establecidos por la legislación básica del Estado para la aplicación del 100% de la tasa de reposición, así como aquellos que se determinen atendiendo a criterios de estabilidad y sostenibilidad presupuestaria".

EN AGENCIAS Y SOCIEDADES, CON AUTORIZACIÓN DE HACIENDA

En la misma línea, la Junta establece que la contratación de personal con carácter fijo, indefinido o temporal en agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios y fundaciones "requerirá autorización" de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Además para mantener la "necesaria coordinación en todos los ámbitos del sector público andaluz" en materia de control y seguimiento de gastos de personal y evolución de plantillas, las agencias y entidades del sector público empresarial deberán solicitar autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública "con carácter previo a la aplicación del porcentaje correspondiente de la tasa de reposición". Dichas autorizaciones deberán emitirse "en el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo" y de 15 días "cuando se trate de contrataciones temporales financiadas íntegramente con recursos ajenos al presupuesto de la Junta de Andalucía".

En cualquier caso, el Consejo de Gobierno "podrá autorizar excepciones a esta limitación con motivo de la priorización o asignación de nuevas funciones que se califiquen como imprescindibles para atender servicios de carácter esencial".

CASOS EXCEPCIONALES

Con carácter general, la contratación de personal laboral temporal para programas específicos o necesidades estacionales durante 2017 se limita a "casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes que no puedan ser atendidas por el personal laboral fijo" y su duración tendrá como límite "el plazo máximo que permita la normativa laboral en función de la causalidad de las contrataciones temporales, de conformidad con las disponibilidades presupuestarias".

Tanto las contrataciones como las prórrogas que puedan producirse se efectuarán con cargo al capítulo I del presupuesto de gastos y requerirán la autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que será emitida en el plazo de un mes a contar desde la recepción del expediente completo.

Para el nombramiento de personal funcionario interino "por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia originadas por exceso o acumulación de tareas", el presupuesto fija como condiciones que la duración "no podrá ser superior a seis meses dentro de un periodo de doce", precisará autorización de la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes y no podrá ocupar plazas de la relación de puestos de trabajo (RPT).

En el caso de programas financiados con fondos europeos, se establecen las mismas condiciones y la duración "no podrá exceder la de la ejecución de los programas a los que se adscriba y no superará el plazo que establezca la normativa básica estatal". Además los nombramientos requerirán autorización de la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes y el personal funcionario interino nombrado por este motivo "no ocupará plazas de la RPT".

Mostrar comentarios