La defensa de Rita Maestre cree que se quiere "presionar" a la Sala con la recusación al ponente

La defensa de Rita Maestre cree que se quiere "presionar" a la Sala con la recusación al ponente
La defensa de Rita Maestre cree que se quiere "presionar" a la Sala con la recusación al ponente
EUROPA PRESS
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La defensa de la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, ha presentado este miércoles la impugnación de la recusación planteada por el Centro Jurídico Tomás Moro contra uno de los jueces que decidirá sobre la condena de su representada al estimar que busca "presionar" a la sala y al ponente para que resuelva a su favor.

Así consta en un recurso, al que tuvo acceso Europa Press, en el que el abogado de la edil madrileña solicita que se inadmita a trámite la recusación planteada y se le condene "en costas e imposición de multa a la parte responsable de dicha iniciativa".

El incidente de recusación se dirige contra uno de los jueces que componen la Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid y en concreto contra el ponente de la mima. Los magistrados tienen previsto el próximo 27 de junio deliberar sobre la sentencia que condenó a la portavoz del Gobierno municipal a una multa de 4.320 euros.

En el documento judicial, la defensa de Maestre sostiene que el escrito de la acusación popular es "materialmente insostenible, está redactado en términos formalmente inaceptables, y no parece tener otra finalidad que presionar para que resuelvan a favor de sus tesis".

Asimismo, el letrado destaca que este incidente de recusación está en la línea de "una campaña denigratoria contra quien ha de ejercer su labor con plena independencia y responsabilidad".

RECUSACIÓN DE CUBERO FLORES

Hace unos días, una de las acusaciones populares en el proceso planteó formalmente que se aparte al magistrado Francisco David Cubero Flores, designado ponente del tribunal. Entiende esta parte que no debe formar parte del tribunal, dado que es secretario de una asociación a la que el Ayuntamiento cedió una de las naves de Matadero Madrid para un evento para niños discapacitados.

En la impugnación a esta recusación, el abogado de Maestre sentencia que con esta campaña contra el ponente "se estaría buscando --toda vez que brilla por su ausencia cualquier viso de motivo legal y real para la recusación-- influir en el ánimo y la libertad de juicio de un magistrado independiente".

Además, critica que no haya causa de recusación y se funde, en apariencia, en el " ordinal 10ª del art. 219 LOPJ, que señala como motivo de recusación el tener "interés directo o indirecto en el pleito o causa".

"¿Qué interés tendrá el Ilmo. Ponente en este pleito o causa? Ninguno; pero es que el escrito de contrario no avanza en este particular. Manipulando el contenido de la Ley, querrá sostener que tal precepto prevé como motivo de recusación el tener 'relación y/o intereses con la parte apelante'; no es verdad que el artículo diga tal cosa, pero así se va construyendo esta verdad de artificio sobre la que se asienta esta iniciativa", recoge el escrito.

Tras dejar claro que el ponente no tiene "ningún interés en el pleito", el abogado entra a analizar si el juez en cuestión tiene "intereses" con su patrocinada. Así, menciona que según el discurso que se les ofrece, en noviembre de 2015, el Ayuntamiento de Madrid cedió una nave del centro cultural 'Matadero' para la celebración de la "VIII Semana de la Magia Solidaria".

Uno de los diversos grupos que habría actuado en dichas jornadas fue un colectivo llamado 'Abracadabra'; el Magistrado Ponente sería secretario de dicha fundación, al tiempo que mi mandante es concejal del Ayuntamiento de Madrid. "Pues bien, ¿dónde está la causa de recusación, dónde el interés que fundaría una abstención?", se pregunta la defensa de la portavoz del Ayuntamiento madrileño.

El abogado concluye que "no se advierte en ningún lado el "interés directo o indirecto" que podría tener el ponente. Además, critica que "sobre este cúmulo de falsedades se deslizará la torpe insinuación de que Rita Maestre ha pagado dinero Ponente "patrocinando" a su asociación, dinero cuya pérdida Magistrado podría temer de dictar una sentencia contraria".

"Este argumento es tan indigno, y tiene tan poco amarre a la realidad y a los motivos de recusación previstos en la Ley, que el incidente debe ser inadmitido 'a limine litis'", recalca.

Por todo ello, subraya que "el escrito presentado de contrario no contiene el mínimo contenido que se ha exigir a quien impulsa una recusación, el incidente ha de ser inadmitido a trámite". Pide, por tanto, que se rechace, ya que "no se aduce causa en que legítimamente pueda fundarse la recusación ni se razona, de forma mínimamente solvente, dónde radicaría el interés para fallar" a favor de su mandante".

"Por otro lado, el incidente ha de inadmitirse porque, atendiendo la falta de contenido material y a las circunstancias del caso concreto, puede concluirse que se plantea con manifiesto abuso de derecho, con el apoyo de medios de comunicación afines, pretendiendo que el Ponente se sienta inclinado a demostrar su imparcialidad dándole la razón al resolver el fondo del asunto", concluye.

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