EL TRIBUNAL DE LA UE ABOGA POR PROHIBIR TÉRMINOS COMERCIALES COMO LECHE O YOGUR DE SOJA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que los productos puramente vegetales como la soja o el tofu no pueden comercializarse con denominaciones como leche, nata, mantequilla, queso o yogur, ya que dichas denominaciones están reservadas por el derecho comunitario a los productos de origen animal.
Este caso nace de la denuncia del El Verband Sozialer Wettbewerb, una asociación alemana cuya misión principal es luchar contra la competencia desleal, contra TofuTown, en el Tribunal Regional Civil y Penal de Tréveris.
TofuTown elabora y distribuye alimentos vegetarianos y veganos. En particular, promociona y distribuye productos puramente vegetales con las denominaciones ‘mantequilla de tofu Soyatoo’, ‘queso vegetal’ o ‘Veggie-Cheese’.
Para Tofutown, su publicidad no contraviene la normativa aludida. A su entender, la forma en que el consumidor comprende estas denominaciones ha cambiado mucho en los últimos años.
Además, afirma que no utiliza estas denominaciones de manera aislada, sino que siempre las relaciona con términos que hacen alusión al origen vegetal de los productos en cuestión.
En su sentencia, el Tribunal de Justicia señala que, a efectos de la comercialización y de la publicidad, la normativa citada reserva en principio exclusivamente la denominación leche a la leche de origen animal y las denominaciones nata, chantilly, mantequilla, queso y yogur únicamente a los productos lácteos, es decir, a los derivados de la leche.
De lo anterior deduce el Tribunal de Justicia que las denominaciones enumeradas no pueden ser utilizadas legalmente para designar un producto puramente vegetal, salvo que ese producto aparezca en la lista de excepciones, cosa que no ocurre ni con la soja ni con el tofu.

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