Abogado UE pide confirmar congelación de fondos de sospechoso de terrorismo

  • Uno de los abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) pidió hoy que esta instancia anule una sentencia anterior del Tribunal General que invalidó un reglamento adoptado por la Comisión Europea (CE) por el que se congelaron los fondos de un sospechoso de terrorismo.

Bruselas, 19 mar.- Uno de los abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) pidió hoy que esta instancia anule una sentencia anterior del Tribunal General que invalidó un reglamento adoptado por la Comisión Europea (CE) por el que se congelaron los fondos de un sospechoso de terrorismo.

El abogado general Yves Bot se pronunció así en unas conclusiones emitidas sobre el caso de Yassin Absullah Kadi, un residente en Arabia Saudí que fue colocado en la lista comunitaria de personas cuyos fondos en la UE debían congelarse.

Kadi fue incluido en la citada lista después de ser clasificado como sospechoso de terrorismo por el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU por estar relacionadas con Osama Bin Laden, Al Qaeda y los talibanes.

El Tribunal de Primera Instancia, conocido como Tribunal General desde la aprobación del Tratado de Lisboa, consideró en septiembre de 2010 que el reglamento violaba el derecho de defensa de Kadi y que suponía una restricción injustificada de su derechos de propiedad.

El Ejecutivo comunitario, el Consejo de Seguridad de la ONU y el Reino Unido recurrieron esta resolución.

En opinión del jurista, la sentencia anterior debe ser anulada ya que, a su juicio, el control ejercido por el Tribunal General no es adecuado en el ámbito de la lucha contra el terrorismo.

En concreto, sostiene que existen razones relacionadas con la naturaleza preventiva de las medidas, el contexto internacional en del acto impugnado, la conciliación entre la lucha contra el terrorismo y la protección de los derechos fundamentales, que se oponen a que se adopte como regla el control judicial exigido por el Tribunal General.

Para el abogado general ha quedado acreditado que los procedimientos de inclusión y supresión ante el Comité de Sanciones presentan "suficientes garantías" para que las instituciones comunitarias puedan presumir que las decisiones están fundamentadas.

En este sentido, el jurista defiende que el juez no debería ejercer un control en profundidad basándose en las pruebas y los datos en los que se han basado las apreciaciones realizadas por el Comité de Sanciones.

Por su parte, pide que las decisiones no se basen en una exposición de motivos manifiestamente insuficiente o errónea, precisó.

En este sentido, mantiene que el Tribunal debe estudiar si el acto fue adoptado con arreglo a un procedimiento respetuoso con el derecho de defensa o si se han podido formular observaciones ante la Comisión, para garantizar una conciliación entre la protección de los derechos fundamentales y la lucha contra el terrorismo.

Por otro lado, aseguró que la evaluación de la oportunidad de una inclusión en la lista no corresponde al propio Tribunal sino al Comité de Sanciones.

La UE mantiene dos listas de grupos e individuos de organizaciones terroristas: una elaborada de forma propia y otra en la que se limita a trasponer las decisiones que toma en este sentido el Comité de Sanciones de la ONU.

El Tribunal de Justicia de la UE cuenta con el asesoramiento de ocho abogados generales y, aunque sus recomendaciones no son vinculantes, la corte de Luxemburgo suele pronunciarse en la mayoría de los casos en ese sentido.

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