El juez amplía a un presunto delito electoral el caso de blanqueo del PP de Valencia

  • El juez cree que existen indicios de que el grupo popular cargó gastos electorales en las campañas de 2011 y 2015 a una cuenta bancaria sin fiscalización.

    Además, ha acordado la imputación de la secretaria del grupo municipal popular en el Ayuntamiento de Valencia, Mari Carmen García Fuster, considerada la 'cajera' de la 'caja b'.

El juez amplía a un presunto delito electoral el caso de blanqueo del PP de Valencia
El juez amplía a un presunto delito electoral el caso de blanqueo del PP de Valencia
EUROPA PRESS

El titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia ha decidido ampliar la investigación a un presunto delito electoral cometido en las elecciones municipales de 2011 y 2015. Esta investigación es una pieza separada del 'Caso Imelsa' en el que se investiga el amaño de contratos a cambio de comisiones ilegales en varias administraciones de la Comunidad Valenciana.

Según el auto, el juez cita a declarar como investigadas a la exsecretaria del grupo municipal del PP, Carmen García Fuster, y a la administradora provincial de la candidatura popular a las elecciones municipales de 2015, Montserrat Tello. Además le pide al Partido Popular que identifique a la persona que ejerció estas funciones en 2011 y a los integrantes de la Junta Directiva del PP en Valencia en las dos campañas electorales.

El magistrado considera que existen indicios de que el grupo popular en el Ayuntamiento de Valencia, en "ejecución de un plan preconcebido", cargó gastos electorales en las campañas de 2011 y 2015 a una cuenta bancaria, gestionada básicamente por García Fuster, "carente de toda fiscalización y reflejo en la contabilidad del PP". Añade que de las diligencias practicadas hasta el momento, existe una "aparente infracción tanto de la normativa aplicable en materia de financiación de partidos políticos como de régimen local".

El instructor entiende que "resulta razonable que la investigación y la imputación se proyecte, de inicio, tanto sobre los administradores electorales como sobre aquellas personas que respecto de la cuenta bancaria y sus fondos tenían capacidad de decisión o disposición". Estos últimos, que habrían participado en la comisión del delito "con actos conscientes de colaboración", tendrían la consideración de cooperadores necesarios. El delito electoral no puede imputarse al Partido Popular como persona jurídica.Delitos conexos

En su resolución, el juez concluye que el delito electoral se habría cometido de manera continuada y en conexión con el de blanqueo; por eso acuerda investigarlos conjuntamente, ampliando el objeto de esta pieza separada en la que hay 47 personas imputadas además del PP, imputado como persona jurídica, y en la que se investigan las donaciones de 1.000 euros que realizaron concejales y asesores semanas antes de las elecciones municipales de 2015.

Después, presuntamente, el partido devolvía esa cantidad en dos billetes de 500 euros  con la intención de aflorar un dinero que llegaría hasta los 50.000 euros y que tendría su origen en el cobro de comisiones ilegales por la adjudicación de contratos públicos.

Con esta decisión, el juez decide incorporar a la causa las diligencias de investigación penal abierta por la Fiscalía tras la denuncia interpuesta por tres representantes de Compromís en el Consistorio valenciano.

El juez se dirige igualmente a la Junta Electoral Provincial para que informe sobre la cuenta bancaria única designada por el Partido Popular como cuenta electoral de la candidatura municipal del 2015, dado que no consta remitida la información de dicha cuenta y año, a diferencia de la de 2011.Diligencias acordadas

Entre las diligencias acordadas se incluye el requerimiento a un banco para que envíe al Juzgado la relación íntegra de movimientos de la cuenta bancaria abierta a nombre del Partido Popular (cuenta electoral), y de la persona o personas autorizadas para acceder a ella.

El juez concluye su resolución con la decisión de remitir testimonio del auto y del informe de la UCO de la Guardia Civil al Tribunal Supremo y al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, tribunales que tienen pendiente pronunciarse sobre la participación de la exalcaldesa de Valencia y senadora Rita Barberá, y el exconcejal y diputado autonómico Miquel Domínguez en los hechos investigados.

La investigación por blanqueo de capitales en el Ayuntamiento de Valencia, ampliada ahora al delito electoral, es una pieza separada del 'Caso Imelsa', en el que se investiga el amaño de contratos a cambio de comisiones ilegales en varias administraciones de la Comunidad Valenciana: Diputación (a través de la empresa Imelsa); Ayuntamiento (a través de la Concejalía de Cultura) y Generalitat (a través de la empresa Ciegsa).

La causa, que nació en abril de 2015, está abierta por malversación, fraude en la contratación pública, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo. Existe otra pieza separada que investiga las contrataciones ficticias en Imelsa.

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