Aprobada la ley foral por la que se establece en navarra un gravamen complementario temporal en el irpf


El Pleno del Parlamento navarro aprobó este jueves, con la oposición de Nabai, Bildu e I-E, la Ley Foral por la que se establece con carácter temporal un gravamen complementario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican determinadas retenciones e ingresos a cuenta.
Tramitada en lectura única, la Ley tiene su origen en el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Dicha norma, promulgada por el Gobierno central para los períodos impositivos de 2012 y 2013, introduce una serie de cambios en el IRPF que, “de conformidad” con los criterios generales de armonización establecidos en el Convenio Económico, especialmente en lo referido a la “obligación” de mantener una presión fiscal equivalente, el Ejecutivo Foral ha estimado conveniente tomar en consideración.
La reforma del IRPF, que en principio sólo será efectiva en 2012 y 2013, obedece también a la necesidad de “consolidar y reforzar” los ingresos públicos de la Comunidad Foral, con el fin de hacer del objetivo de déficit público una meta “alcanzable” en un contexto que muestra una “notoria tendencia a la desaceleración” de la actividad económica.
Así, la Ley aumenta el número de tipos de 8 a 11 y contempla un incremento de la carga fiscal de entre 0 y 5 puntos, con el que se espera ingresar unos 50 millones este año y alrededor de 65 el que viene.
El tipo máximo se fija en el 49%, “cinco puntos por debajo de lo establecido para el conjunto del Estado”, y el tipo mínimo, con las rentas de hasta 3.825 euros exentas de recargo, en el 13%. En el caso de las rentas del capital, la subida oscila entre el 1 y el 5 %, frente a la estipulada a nivel nacional, que va del 2 al 6 %.
Los grupos parlamentarios de UPN, SN y PPN han rechazado las enmiendas formuladas por Nabai (2), Bildu (3) e I-E (4), dirigidas a aumentar la capacidad recaudatoria “mejorando la equidad horizontal y vertical”, esto es, “elevando” la tributación de las rentas de trabajo más altas e “igualando con la del Estado, al menos”, la presión fiscal sobre las rentas del capital.

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