Aprobado que se pueda adelantar la edad de jubilación en los trabajos penosos

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para adelantar la edad de jubilación en aquellos trabajo penosos, tóxicos o peligrosos que registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.

Madrid, 18 nov.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para adelantar la edad de jubilación en aquellos trabajo penosos, tóxicos o peligrosos que registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.

Según informa el Ministerio de Trabajo en una nota, el real decreto desarrolla el acuerdo logrado con los agentes sociales dentro de la reforma de las pensiones que entra en vigor en 2013 y que eleva, progresivamente, la edad de jubilación a los 67 años y el período de cómputo para calcular la pensión a 25 años.

El real decreto considera la jubilación anticipada como situación excepcional y siempre que no sea posible cambiar las condiciones de penosidad, toxicidad o peligrosidad, o el propio puesto de trabajo.

Según precisa Trabajo, los autónomos podrán acceder a la jubilación anticipada en los mismos supuestos y colectivos que se fijen para los trabajadores asalariados.

Para que se pueda aplicar la jubilación anticipada habrá que realizar estudios previos de siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo.

La idea es conocer de qué forma inciden esas condiciones en las bajas laborales que generan en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para desarrollar la actividad laboral de que se trate.

Además, la norma recoge incentivos para las empresas que adopten medidas que sin ser obligatorias, contribuyan a eliminar o a reducir esas características penosas.

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