BBVA, condenado a indemnizar a compradores de preferentes de Lehman Brothers

  • El Tribunal Supremo ha condenado al BBVA a indemnizar a un matrimonio con 291.000 euros más los intereses legales por los daños y perjuicios que les causó la adquisición de participaciones preferentes de Lehman Brothers, siendo la entidad gestora el banco español.

Madrid, 31 may.- El Tribunal Supremo ha condenado al BBVA a indemnizar a un matrimonio con 291.000 euros más los intereses legales por los daños y perjuicios que les causó la adquisición de participaciones preferentes de Lehman Brothers, siendo la entidad gestora el banco español.

En una sentencia notificada hoy, el pleno de la sala de lo Civil del alto tribunal estima el recurso de la pareja contra una resolución de la Audiencia de Valencia al entender que no se les facilitó información completa y clara y que el banco no actuó de buena fe al existir una contradicción entre el perfil de riesgo del cliente, muy bajo, y los valores elegidos, de riesgo elevado.

Fuentes del Supremo han señalado que es la primera ocasión en la que el tribunal se pronuncia sobre una operación de compraventa de participaciones preferentes, aunque ya lo había hecho sobre otros productos bancarios de alto riesgo.

El matrimonio demandó al BBVA por actuación negligente después de adquirir participaciones preferentes de Lehman Brothers Holding Inc en el marco de un contrato de gestión discrecional de carteras de inversión.

Los demandantes alegaron que perdieron 291.488,84 euros como consecuencia de la quiebra de Lehman Brothers y responsabilizaron al banco español ya que habían optado por un perfil de riesgo muy bajo al suscribir el contrato.

La demanda fue estimada en primera instancia al considerar el juez que hubo un cumplimiento negligente del contrato al comprarse un producto no ajustado al perfil del cliente, pero la Audiencia valenciana revocó luego esa decisión, estimando el recurso del banco, al entender que se había dado la información adecuada para entender el producto adquirido y que la normativa sectorial no impedía a clientes conservadores solicitar productos de riesgo.

Fuentes jurídicas cercanas a BBVA añaden que aunque en esta ocasión el Tribunal Supremo ha fallado en contra de la entidad, en otros casos, también por demandas de Lehman Brothers, los tribunales han dado la razón al banco.

En la sentencia notificada ahora, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá Jimena, el Supremo dice que las indicaciones sobre el perfil de riesgo del cliente y sobre sus preferencias de inversión desempeñan "una función integradora del contenido del contrato".

Los magistrados añaden que es obligación de los bancos recabar de sus clientes datos sobre su situación financiera, experiencia inversora y objetivos de inversión e informar de manera clara y transparente sobre los riesgos de las operaciones contratadas.

De este modo, concluye el alto tribunal, una deficiente información puede suponer una negligencia determinante de la indemnización de los perjuicios ocasionados.

En el caso analizado, la sala entiende que una actuación diligente y de buena fe por parte de BBVA hubiera exigido que se pusiera de manifiesto la incoherencia entre el perfil elegido y los productos de inversión aceptados para asegurarse de que la información era clara y había sido entendida.

La sentencia, que condena al banco a pagar las costas del proceso, concluye que el incumplimiento de esa obligación determina la responsabilidad de la entidad por los daños sufridos por los clientes.

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