Cataluña. El constitucional justifica la rápida admisión de los recursos por la “trascendencia” del 9-n


El Tribunal Constitucional aseguró esta noche, tras acordar la suspensión de la Ley de Consultas catalana y de la convocatoria del 9 de noviembre, que la rápida admisión a trámite de los recursos del Gobierno sobre este asunto se ha debido a la “trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas para la sociedad española en su conjunto y, en particular, para la catalana”.
A través de un comunicado, el Constitucional daba cuenta así del Pleno celebrado por sus magistrados entre las seis y media y las ocho de hoy, en el que se acordó aceptar a trámite los recursos del Ejecutivo y suspender así la consulta del 9-N.
En este sentido, el Alto Tribunal explica que “la decisión del Pleno de no demorar su resolución obedece a que el Tribunal Constitucional es consciente de la trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas, para la sociedad española en su conjunto y, en particular, para la catalana”.
SIN ENTRAR EN EL “FONDO”
No obstante, los magistrados destacan que su decisión de este lunes está “limitada a comprobar la concurrencia de las condiciones procesales de admisibilidad de los recursos, sin consideración alguna respecto al fondo de los mismos”.
Asimismo, el Constitucional explica que los recursos del Gobierno han sido admitidos a trámite y que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, había invocado en sus recursos el artículo 161.2 de la Constitución.
Este artículo se refiere a que cuando el Ejecutivo impugna las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas, “la impugnación produce la suspensión de la disposición recurrida”, en este caso la Ley de Consultas catalana y el decreto de convocatoria del 9-N.

Mostrar comentarios