Condenan por homicidio imprudente a heroinómano envenenó amigo con metadona

  • El Tribunal Supremo ha condenado a una pena de 3 años y seis meses de cárcel a un heroinómano que en 2008 vertió una dosis de metadona, a la que tenía acceso para curarse de su adicción, en la copa de un conocido que murió horas después a causa de una reacción adversa a esta sustancia.

Madrid, 24 nov.- El Tribunal Supremo ha condenado a una pena de 3 años y seis meses de cárcel a un heroinómano que en 2008 vertió una dosis de metadona, a la que tenía acceso para curarse de su adicción, en la copa de un conocido que murió horas después a causa de una reacción adversa a esta sustancia.

La sentencia que condenó al reo, Manuel P.A., y que ahora ha confirmado el Supremo, consideraba probado que en la madrugada del 25 de mayo de 2008 él coincidió en una discoteca de Valverde del Camino (Huelva) con Silverio S.P., a quien invitó a una copa "en la que previamente había introducido una dosis no determinada de metadona".

De esa misma copa bebió una amiga de la víctima, Leila G.L. quien, al igual que Silverio, se sintió mal y hubo de ser atendida en el Hospital de Río Tinto (Huelva); también Silverio acudió a un centro de salud, donde le atendieron y le recomendaron que acudiera al mismo hospital.

Sin embargo, Silverio, después de ser atendido inicialmente, declinó acudir al Hospital para ser allí ingresado y acudió a dormir a la casa de una amiga, quien lo encontró muerto a consecuencia de una reacción adversa a la droga en la tarde del día siguiente.

Manuel P.A. fue condenado por un delito de lesiones en concurso con un delito de homicidio imprudente a tres años y seis meses de prisión, pero recurrió ante el Supremo reclamando, entre otros motivos, que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

Sin embargo, el alto tribunal considera perfectamente probada su culpabilidad y para ello encuentra especialmente significativo no solo que efectivamente ambos, víctima y reo, se encontraran y bebieran juntos en la noche de la intoxicación -y en la citada discoteca-, sino también que inicialmente el reo negara tal encuentro al instructor de la causa.

A ello se suma que de la copa que Manuel P.A. pagó bebiera también Leila y que ella también resultara intoxicada por metadona, una droga a la que el condenado tenía acceso por ser toxicómano en tratamiento, junto a otro factor, y es que ambos, víctima y homicida, eran amigos pero tenían malas relaciones desde hacía tiempo.

"Leila dijo en la vista que, en efecto, bebió de la copa de Silverio y que su contenido tenía un gusto amargo, como a hierro", mientras que varias personas que trabajaban en la discoteca relataron haber oído lo mismo a Silverio cuando manifestó que se encontraba mal y que Manuel le había echado algo en la copa, recuerda la sentencia.

"A la vista de todos estos elementos de juicio es claro que, como dice el recurso, nadie vio a Manuel Peña echar nada en el vaso de Silverio S., pero está bien acreditado, por la analítica médica, que en él hubo realmente metadona, disuelta en la bebida, en lo que abunda también lo afirmado por Leila", señala el Supremo.

"Estos elementos de juicio prestan apoyo a la versión inculpatoria acogida" por la sentencia recurrida, dice el alto tribunal antes de añadir: "pero es, sobre todo, la actitud y lo manifestado por el propio Manuel Peña, lo que más decididamente contribuye a inculparle".

Al negar al instructor su encuentro con Silverio, Manuel trató de impedir que el hecho de que bebieron juntos fuera tomado en cuenta por la investigación judicial, lo que evidencia que "conocía bien la causa" de la muerte de su víctima, concluye el dictamen del Supremo.

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